ATS, 17 de Marzo de 2009

PonenteJOSE ALMAGRO NOSETE
ECLIES:TS:2009:3323A
Número de Recurso1212/2007
ProcedimientoCASACIóN
Fecha de Resolución17 de Marzo de 2009
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a diecisiete de Marzo de dos mil nueve I. HECHOS

  1. - La representación procesal de D. David presentó el día 1 de junio de 2007, escrito de interposición de recurso de casación contra la Sentencia dictada, con fecha 7 de marzo de 2007 por la Audiencia Provincial de Málaga (Sección Cuarta), en el rollo de apelación nº 1003/2006, dimanante de los autos de juicio verbal nº 1302/2005 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Marbella.

  2. - Mediante Providencia de 11 de junio de 2007 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de los litigantes el día 13 de junio de 2007.

  3. - La Procuradora Dª. Victoria Rodríguez Acosta Ladrón de Guevara, en nombre y representación de

D. David, presentó escrito ante esta Sala el 19 de junio de 2007, personándose en concepto de parte recurrente . La parte recurrida no ha comparecido ante esta Sala.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. David, al haberse justificado el presupuesto de recurribilidad previsto en el art. 477.2, LEC 2000 y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal.

  2. - Habiéndose interpuesto el recurso de casación fundado en la existencia de interés casacional por oposición a jurisprudencia del Tribunal Supremo, ha de entenderse que en fase de admisión aparece cumplido el presupuesto de recurribilidad referido al interés casacional y ello es suficiente para determinar su admisión.

  3. - No habiéndose personado en el presente rollo la parte recurrida, queden los autos pendientes de señalamiento del día y hora para la celebración de la vista, o, en su caso, para la votación y fallo del recurso extraordinario por infracción procesal.

  1. PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de D. David contra la Sentencia dictada, en fecha 7 de marzo de 2007, por la Audiencia Provincial de Málaga (Sección Cuarta), en el rollo de apelación nº 1003/2006 dimanante de los autos de juicio verbal nº 1302/2005, del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Marbella.

  2. ) No habiéndose personado en el presente rollo la parte recurrida, queden los autos pendientes de señalamiento del día y hora para la celebración de la vista, o, en su caso, para la votación y fallo del recurso de casación.

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