ATS, 17 de Noviembre de 2009
Jurisdicción | España |
Fecha | 17 Noviembre 2009 |
AUTO
En la Villa de Madrid, a diecisiete de Noviembre de dos mil nueve I. HECHOS
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- Por la representación procesal de D. Jacinto con fecha 25 de septiembre de 2008, se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 25 de junio de 2008, por la Audiencia Provincial de Burgos (Sección 3ª), en el rollo nº 163/2008 dimanante de los autos de juicio cambiario nº 330/2007, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Miranda de Ebro.
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- Por Providencia de fecha 2 de octubre de 2008 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes.
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- La Procuradora Dª Carmen García Rubio, en nombre y representación de D. Jacinto, presentó escrito ante esta Sala con fecha 10 de octubre de 2008, personándose en calidad de parte recurrente . El Procurador D. Manuel Infante Sánchez, en nombre y representación de LOGROAIR, S.L., presentó escrito ante esta Sala con fecha 14 de octubre de 2008, personándose en calidad de parte recurrida .
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- Procede admitir el recurso de casación, al amparo del ordinal 3º del art. 477.2 de la LEC, interpuesto por la representación procesal de D. Jacinto al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.
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- De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000, entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
LA SALA ACUERDA
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) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de D. Jacinto contra la Sentencia dictada, en fecha 25 de junio de 2008, por la Audiencia Provincial de Burgos (Sección 3ª), en el rollo nº 163/2008 dimanante de los autos de juicio cambiario nº 330/2007, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Miranda de Ebro.
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) Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
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