ATS, 15 de Septiembre de 2009
Ponente | JUAN ANTONIO XIOL RIOS |
ECLI | ES:TS:2009:12052A |
Número de Recurso | 977/2008 |
Procedimiento | CASACIóN |
Fecha de Resolución | 15 de Septiembre de 2009 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a quince de Septiembre de dos mil nueve I. HECHOS
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- Por la representación procesal de "ALLIANZ S.A-Seguros" y "DINOSOL-Supermercados S.L", con fecha 30 de abril de 2008 se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 20 de febrero de 2008, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 13ª), en el rollo de apelación nº 247/2007 dimanante de los autos de juicio ordinario 453/2005, del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Majadahonda.
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- Por Providencia de fecha 1 de septiembre de 2008 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado la misma a los Procuradores de los litigantes con fecha 3 de septiembre de 2008.
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- Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, la Procuradora Sra. Dª. Raquel Díaz Ureña, en nombre y representación de "ALLIANZ S.A-Seguros" y "DINOSOL-Supermercados S.L", presentó escrito de fecha 10 de junio de 2008, personándose en concepto de parte recurrente. La Procuradora Dª. Esmeralda González García del Río, en nombre y representación de D. Dimas, presentó escrito de fecha 26 de mayo de 2008, personándose en calidad de parte recurrida . La Procuradora Sra. Dª. Eloísa Prieto Palomeque, en nombre y representación de "MAPFRE S.A", presentó escrito de fecha 2 de octubre de 2008, personándose en concepto de parte recurrida.
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- Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de "ALLIANZ
S.A-Seguros" y "DINOSOL- Supermercados S.L" al haberse justificado el presupuesto de recurribilidad previsto en el art. 477.2, 2º LEC 2000 desde el momento en que la cuantía del procedimiento, atendidas las acciones ejercitadas, supera los 150.000# y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal,
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- De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000, entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala, para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
LA SALA ACUERDA 1º) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de "ALLIANZ
S.A-Seguros" y "DINOSOL-Supermercados S.L" contra la Sentencia dictada, en fecha 20 de febrero de 2008, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 13ª), en el rollo de apelación nº 247/2007, dimanante de los autos de juicio ordinario 453/2005, del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Majadahonda.
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) Y entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala, para que formalicen su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.