ATS, 2 de Noviembre de 2010

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
ECLIES:TS:2010:13511A
Número de Recurso547/2010
ProcedimientoCASACIóN
Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 2010
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a dos de Noviembre de dos mil diez. I. HECHOS

  1. - La representación procesal de "LA ASOCIACIÓN DE USUARIOS DE BANCOS, CAJAS y SEGUROS" (ADICAE), presentó con fecha 8 de marzo de 2010, escrito de interposición de recurso de casación contra la Sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 14ª) con fecha 23 de diciembre 2009, en el rollo de apelación 281/2009, dimanante de los autos del juicio ordinario del derecho al honor nº 350/2008 del Juzgado de Primera Instancia nº 46 de Madrid.

  2. - Mediante Providencia de 10 de marzo de 2010 la Audiencia tuvo por interpuesto el recurso de casación y acordó remitir los autos a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento por término de treinta días, notificando y emplazando a las partes a través de sus Procuradores y al Ministerio Fiscal.

  3. - Recibidas las actuaciones en el Tribunal Supremo se ha formado el rollo, con fecha 23 de marzo de 2010, presentó escrito la Procurador Doña María José Rodríguez Teijeiro, en nombre y representación de la "ASOCIACIÓN DE USUARIOS DE SERVICIOS BANCARIOS AUSBANC CONSUMO" personándose en concepto de recurrido; con fecha 8 de abril de 2010, presentó escrito el Procurador Don Jorge Luis de Miguel López, en nombre y representación de "LA ASOCIACIÓN DE USUARIOS DE BANCOS, CAJAS Y SEGUROS" personándose en calidad de recurrente.

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el deposito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Francisco Marin Castan

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de "LA ASOCIACIÓN DE USUARIOS DE BANCOS, CAJAS y SEGUROS" (ADICAE), al haberse justificado el presupuesto de recurribilidad previsto en el art. 477.2, LEC 2000 y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000, dese traslado de las actuaciones a la parte recurrida a los efectos de que realicen las alegaciones pertinentes en el plazo de VEINTE DÍAS ; transcurrido dicho plazo, y a los mismos fines, dese traslado al MINISTERIO FISCAL. III. PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de "LA ASOCIACIÓN DE USUARIOS DE BANCOS, CAJAS y SEGUROS" (ADICAE), contra la Sentencia dictada, en fecha 23 de diciembre de 2009, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 14ª), en el rollo de apelación nº 281/2009 dimanante de los autos de juicio ordinario del derecho al honor nº 350/2008, del Juzgado de Primera Instancia nº 46 de Madrid.

  2. ) De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000, entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría transcurrido dicho plazo y a los mismos fines, dese traslado al MINISTERIO FISCAL

  3. ) Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

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