ATS, 2 de Noviembre de 2010

PonenteJUAN ANTONIO XIOL RIOS
ECLIES:TS:2010:13497A
Número de Recurso669/2010
ProcedimientoCASACIóN
Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 2010
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a dos de Noviembre de dos mil diez. I. HECHOS

  1. - La representación procesal de "BANCO DE SANTANDER" presentó el día 30 de marzo de 2010 escrito de interposición de recurso de casación, contra la Sentencia dictada, con fecha 2 de diciembre de 2009, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 17ª), en el rollo de apelación nº 1010/2008, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 389/2006 del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de los de Barcelona.

  2. - Mediante Providencia de 6 de abril de 2010 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes.

  3. - El Procurador D. Manuel Lanchares Perlado, en nombre y representación de "BANCO DE SANTANDER", presentó escrito ante esta Sala el día 15 de abril de 2010, personándose en concepto de parte recurrente, al tiempo que el procurador D. Manuel María Martínez de Lejarza Ureña, en nombre y representación de "EUROCRÉDITO EFC, SAU", presentó escrito el día 20 de abril de 2010; la Procuradora Dª. Alicia Oliva Collar,, en nombre y representación de "PASTOR SERVICIOS FINANCIEROS, E.F.C., S.A.", presentó escrito el día 29 de abril de 2010 y el Procurador D. Ludovico Moreno Martín-Rico, en nombre y representación de "COORDINADORA DE USUARIOS DE LA SANIDAD", presentó escrito el día 20 de mayo de 2010, personándose todos en concepto de partes recurridas . No se han personado los recurridos, "BBVA FINANZIA" ni "CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE MADRID".

  4. - La parte recurrente ha efectuado el deposito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Juan Antonio Xiol Rios, a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de "BANCO DE SANTANDER", al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000, entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado por la representación de "BANCO DE SANTANDER", con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala, para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

    1. PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA

  3. - ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de "BANCO DE SANTANDER" contra la Sentencia dictada, con fecha 2 de diciembre de 2009, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 17ª), en el rollo de apelación nº 1010/2008, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 389/2006 del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de los de Barcelona.

  4. - Y entréguese copia de los escritos de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala, para que formalicen su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

    Contra este Auto no cabe recurso alguno a tenor del art. 483.5 LEC.

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