ATS, 2 de Noviembre de 2010

JurisdicciónEspaña
Fecha02 Noviembre 2010

AUTO

En la Villa de Madrid, a dos de Noviembre de dos mil diez. I. HECHOS

  1. - Por la representación procesal de "CORSAN CORVIAM CONSTRUCCIÓN, S.A.", con fecha 7 de abril de 2010, se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 26 de enero de 2010, por la Audiencia Provincial de Santander (Sección Cuarta), en el rollo nº 354/2009, dimanante del juicio cambiario nº 122/2008, del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Santander.

  2. - Por Providencia de la Audiencia Provincial de fecha 8 de abril de 2010 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, habiéndose notificado la misma a las partes litigantes con fecha 12 y 14 de abril de 2010.

  3. - El Procurador D. Javier Vázquez Hernández, en nombre y representación de "CORSAN CORVIAM CONSTRUCCIÓN, S.A.", presentó escrito ante esta Sala con fecha 14 de abril de 2010, personándose en calidad de parte recurrente . La Procuradora Dª Lydia Leiva Cavero, en nombre y representación de "PORTICADAS DE MOMPIA, S.L.", presentó escrito ante esta Sala con fecha 28 de abril de 2010, personándose en calidad de parte recurrida .

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Francisco Marin Castan, a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de "CORSAN CORVIAM CONSTRUCCIÓN, S.A.", al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º de art. 477.2 de la LEC 2000 .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000, entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

  1. PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de "CORSAN CORVIAM CONSTRUCCIÓN, S.A.", contra la Sentencia dictada, en fecha 26 de enero de 2010, por la Audiencia Provincial de Santander (Sección Cuarta), en el rollo nº 354/2009, dimanante del juicio cambiario nº 122/2008, del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Santander.

  2. ) Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

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