SAP Barcelona 425/2010, 18 de Octubre de 2010

PonenteANTONIO RAMON RECIO CORDOVA
ECLIES:APB:2010:6941
Número de Recurso446/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución425/2010
Fecha de Resolución18 de Octubre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN PRIMERA

SENTENCIA Nº 425

Recurso de apelación nº 446/09

Procedente del procedimiento ordinario nº 435/07

Tramitado por el Juzgado de Primera Instancia nº 20 de Barcelona

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, formada por los Magistrados DÑA. Mª DOLORS PORTELLA LLUCH, DON ANTONIO RECIO CORDOVA y DON ENRIC ALAVEDRA FARRANDO, actuando el primero de ellos como

Presidente del Tribunal, ha visto el recurso de apelación nº 446/09 interpuesto contra la sentencia dictada el día 16 de marzo de

2009 en el procedimiento nº 435/07 tramitado por el Juzgado de Primera Instancia 20 de Barcelona en el que es recurrente

DÑA. María Milagros y apelado ASCENSORES ENINTER, S.A., previa deliberación, pronuncia en

nombre de S.M. el Rey de España la siguiente

S E N T E N C I A

Barcelona, 18 de octubre de 2010

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia antes señalada, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente: FALLO: Que desestimando la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Dª. Carmen Fuentes Millan, en nombre y representación de María Milagros contra ASCENSORES ENINTER S.L., debo absolver y absuelvo a este último de los pedimentos de la demanda, condenando en costas al apelante.

SEGUNDO

Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los que las fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.

Fundamenta la decisión del Tribunal el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente DON ANTONIO RECIO CORDOVA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte actora ejercitó en su demanda una acción de cumplimiento del contrato celebrado entre Dª María Milagros y la mercantil demandada ASCENSORES ENINTER, SA que tenía por objeto el suministro e instalación de un ascensor en la finca propiedad de la Sra. María Milagros, ahora demandante, sita en la CALLE000, NUM000 de Tortosa (Tarragona); concluyendo lo siguiente: "En todo caso, a día de hoy la instalación del ascensor continúa estando pendiente de finalización según resulta del Acta Notarial de presencia autorizada por el Notario de Tortosa Maria Isabel Merino Cubells, con fecha 21 de marzo de 2007, que acompañamos al presente escrito señalada de documento número DIEZ; e igualmente continua pendiente de solventar la problemática relacionada con el cambio de tensión eléctrica en la finca, razón por la cual nos hemos visto obligados a interponer la presente demanda en solicitud de condena a hacer contra ASCENSORES ENINTER, SA en cumplimiento de lo pactado con esta parte en virtud de contrato de ejecución de instalación de ascensor en la finca de la CALLE000, NUM000 ".

En definitiva, interesaba la actora en el suplico de su escrito inicial que el Juzgado dictara sentencia en virtud de la cual se condenara a la mercantil demandada "a finalizar la instalación del ascensor comprometido con mi mandante, entregándolo en perfecto estado para su óptimo funcionamiento, y asimismo a resolver todas las patologías existentes en la finca derivadas de la obra de instalación del ascensor".

La sentencia de instancia, tras precisar que "el ascensor estaba instalado e incluso funcionaba, a falta de resolver la problemática relativa al cambio de tensión", desestima tales pretensiones con la siguiente argumentación: "De todo lo anterior no puede sino concluirse que la instalación del ascensor no podía darse por finalizada por problemas habidos entre la propiedad del inmueble, la demandante, y el inquilino de los bajos, Sr. María Milagros, que se negaba a que el cambio de tensión afectase a su negocio, y no por incumplimiento de las obligaciones contractuales de la mercantil demandada, sin que se haya probado la existencia de patologías distintas a las mencionadas, en la finca, derivadas de la obra de instalación del ascensor".

SEGUNDO

Frente a tal resolución se alza la parte actora denunciando la errónea valoración de la prueba por cuanto la Sra. María Milagros tan sólo venía obligada a...

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