AAP Barcelona 193/2010, 18 de Octubre de 2010
Ponente | ANTONIO RAMON RECIO CORDOVA |
ECLI | ES:APB:2010:4517A |
Número de Recurso | 55/2010 |
Procedimiento | INCIDENTE |
Número de Resolución | 193/2010 |
Fecha de Resolución | 18 de Octubre de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
SECCIÓN PRIMERA
AUTO Nº 193
Recurso de apelación nº 55/10
Procedente del procedimiento Incidente en general nº 2191/09
Tramitado por el Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Granollers (ant.Cl-6)
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, formada por los Magistrados DÑA. Mª DOLORS PORTELLA LLUCH, DON ANTONIO RECIO CORDOVA y DON ENRIC ALAVEDRA FARRANDO, actuando el primero de ellos
como Presidente del Tribunal, ha visto el recurso de apelación nº 55/10 interpuesto contra el auto
dictado el día 10 de diciembre
de 2009 en el procedimiento nº 2191/09, tramitado por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Granollers (ant. Cl-6) en el que
es recurrente BANCO SANTANDER y previa deliberación pronuncia el siguiente
A U T O
Barcelona, 18 de octubre de 2010
El auto antes señalado, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente: PARTE DISPOSITIVA: DISPONGO: Que debo acordar y acuerdo la inadmisión de la demanda de procedimiento monitorio presentada por el Procurador Sra. VERÓNICA TRULLAS TUSET en nombre y representación de BANCO SANTANDER S.A.
Y lo anterior sin perjuicio del derecho de la parte demandante de hacer valer su pretensión de cobro a través del proceso declarativo correspondiente.
Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los que las fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.
Fundamenta la decisión del Tribunal el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente DON ANTONIO RECIO CORDOVA.
El auto que es objeto de recurso inadmite a trámite la solicitud de proceso monitorio instada por BANCO SANTANDER al entender que "el certificado unilateral de saldo de una operación de naturaleza dudosa (de "préstamo mercantil de financiación") no es un documento de los que habitualmente documenten los créditos y deudas en relaciones de la clase que parece existente entre deudor y acreedor".
Frente a tal resolución se alza la solicitante por considerar que "la jurisprudencia está mayoritariamente aceptando que los documentos contractuales aportados por las entidades financieras, conjuntamente con documento contable de liquidación y extractos, tiene una apariencia de principio probatorio de la existencia de la deuda".
El recurso debe prosperar por cuanto la documentación aportada por la acreedora consiste en la póliza de préstamo y la liquidación del mismo confeccionada por BANCO SANTANDER, en la que se hace constar el saldo a su favor que presenta dicho préstamo con la debida relación de...
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