STSJ Comunidad de Madrid 10756/2010, 20 de Mayo de 2010

PonenteMARIA DEL MAR FERNANDEZ ROMO
ECLIES:TSJM:2010:13703
Número de Recurso1592/2007
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución10756/2010
Fecha de Resolución20 de Mayo de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.6

MADRID

SENTENCIA: 10756/2010

Recurso núm. 1592/2007

Ponente Sra. Fernández Romo.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

PROGRAMA DE ACTUACION POR OBJETIVOS EN APOYO A LA SECCIÓN SEXTA (E)

S E N T E N C I A núm. 10.756

Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. Francisco Gerardo Martínez Tristán

Magistrados:

Dª. Carmen Álvarez Theurer

Dª. María del Mar Fernández Romo

En la Villa de Madrid, a veinte de Mayo de dos mil diez.

VISTO por la Sala el presente recurso contencioso administrativo número 1592/2007, interpuesto por el AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DEL JARAMA, asistido por el Letrado, Sr. Cano de Miguel, contra la resolución dictada por el Director General de Aviación Civil del Ministerio de Fomento, el día 29 de Junio de 2007 en la que acuerda inadmitir como recurso de alzada, el que se había interpuesto por dicho Ayuntamiento frente a la Resolución del Subdirector General de Sistemas de Navegación Aérea y Aeroportuarios, de fecha de 23 de Junio de 2006, que denegaba la autorización para construir 58 viviendas pareadas por parte de la empresa HERCESA INMOBILIARIA S.A., en terrenos afectados por las servidumbres aeronáuticas del Aeropuerto de Madrid/Barajas, y desestimarlo como requerimiento previo de los previstos en el artículo 44.1 de la ley 29/1998, confirmando la resolución impugnada; siendo parte la Administración demandada, representada y defendida por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley de la Jurisdicción, se emplazó al demandante para que formalizara su escrito de demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminaban suplicando se dicte Sentencia por la que, estimando el recurso, se revoque y se deje sin efecto la resolución recurrida declarando en consecuencia procedente la autorización solicitada por el Ayuntamiento demandante el día 18 de Abril de 2006 para la edificación de 58 viviendas unifamiliares adosadas en el Sector 5-UH-07/ del PGOU de Paracuellos y condene a la Administración demandada a estar y pasar por esta declaración.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dicte Sentencia por la que se inadmita el presente recurso y se desestime en cuanto al fondo.

TERCERO

Se ha aperturado período probatorio por auto de la Sala de fecha de 11 de Septiembre de dos mil ocho, practicándose la prueba documental propuesta por la parte actora, y así, se tiene por reproducido el expediente administrativo remitido y la documentación acompañada junto con el escrito de demanda, tras lo que se confiere traslado a las partes para la presentación de sus escritos de conclusiones, obrantes en autos en las fechas de su razón, los que se declaran conclusos, señalándose para la votación y fallo del presente proceso la audiencia del día diecinueve de Mayo de dos mil diez, teniendo así lugar.

VISTO siendo Ponente la Iltma. Sra. Doña María del Mar Fernández Romo, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Corporación ahora recurrente impugna en esta Sede la resolución dictada por el Director General de Aviación Civil del Ministerio de Fomento, el día 29 de Junio de 2007 en la que acuerda inadmitir como recurso de alzada, el que se había interpuesto por dicho...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS, 20 de Enero de 2014
    • España
    • 20 Enero 2014
    ...Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 20 de mayo de 2010 (recurso contencioso-administrativo 1592/2007 Se ha personado como parte recurrida el AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DEL JARAMA, representado por el Procurador D. Luis Fernando Granados Brav......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR