STSJ Comunidad de Madrid , 12 de Diciembre de 1997

PonenteSILVERIO NIETO NUÑEZ
Número de Recurso6/1995
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución12 de Diciembre de 1997
EmisorSala de lo Contencioso

LDO. SR. Ruiz Ortega; c/ Conde de Aranda, 5; 4º Iz. 28001 Madrid PROC. SR. REF.- RECURSO NUM.- 6/95 PONENTE SR. Silverio Nieto Nuñez A. del E. 1297/95 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SENTENCIA NUM.- 1216 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA ILTMO. SR. PRESIDENTE D. Gustavo Lescure Ceñal ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS D. Silverio Nieto Nuñez D. Ramón Cueto Pérez Madrid, a doce de diciembre de mil novecientos noventa y siete.

Visto por la Sección del margen el recurso nº 6/95 interpuesto por el Letrado D. Balduino Jesús Ruiz Ortega en nombre y representación de COMERCIAL DEHESA DE LA VILLA, S.A. contra la resolución de la Dirección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Madrid de fecha 9 de junio de 1993 confirmado en alzada el día 24 de octubre de 1994, por realización por varios Trabajadores de jornadas que superan los topes máximos legales; habiendo sido parte demandada el Ministerio de

Trabajo y Seguridad Social, representado por el Abogado del Estado.

La cuantía del recurso se ha fijado en 500.000 ptas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La referida representación de la parte actora interpuso el presente recurso contra Ja resolución reseñada, y, seguido el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, cada parte interviniente despachó, en el momento oportuno y por el orden legal conferido, el trámite correspondiente de demanda y contestación, en cuyos escritos, y conforme a los hechos y razonamientos jurídicos que constan en ellos, suplicaron respectivamente lo que a su derecho convino en los términos que figuran en los mismos.

SEGUNDO

Continuando el proceso por los trámites que aparecen en los autos, siguió el de conclusiones sucintas, ratificándose cada parte en sus anteriores manifestaciones y pretensiones, y, finalmente, se señaló fecha para la votación y fallo, que tuvo lugar el día 11 de diciembre de 1997.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Silverio Nieto Nuñez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación Legal de COMERCIAL DEHESA DE LA VILLA, S.A., se impugna en este recurso jurisdiccional Ja resolución de la Dirección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Madrid de fecha 9 de junio de 1993 confirmado en alzada el día 24 de octubre de 1994, que le impuso sanción de 500.000 pesetas, por realización por varios Trabajadores de jornadas que superan los topes máximos legales.

En el suplico de la demanda se solicita de la Sale se declare no conforme a derecho la resolución recurrida y subsidiariamente, la comisión de una infracción en materia laboral con imposición de una sanción en cuantía de 50.001 pesetas, por falta grave en grado mínimo.

SEGUNDO

En el Acta de Infracción nº 3671/93 de fecha 30.4.93, el Inspector de Trabajo y Seguridad Social actuante hace constar:

Se visita el 24-383 el centro de trabajo de la Empresa de referencia sito en C/ ántonio Machado, 20 de Madrid requiriéndose de los 20 trabajadores que prestan servicios en el mismo en el momento de la visita, información -entre otras materias- sobre horario de trabajo habitual. De lo manifestado por los indicados resulta que ocho de ellos realizan jornadas...

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