STSJ Comunidad de Madrid , 22 de Octubre de 1997

PonenteRICARDO SANCHEZ SANCHEZ
Número de Recurso519/1995
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución22 de Octubre de 1997
EmisorSala de lo Contencioso

Rº 519/95 SENTENCIA N°. 1058 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION OCTAVA Ilmos. Sres.

Presidente Dña. Inés Huerta Garicano Magistrados D. Miguel Angel Vegas Valiente D. Ricardo Sánchez Sánchez En la Villa de Madrid a veintidós de octubre de mil novecientos noventa y siete.

VISTOS, por la Sala, constituida por la lima Sra y los Ilmos. Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso administrativo núm. 519/95, interpuesto por el Procurador D. Eduardo Codes Feijoó, en nombre y representación de SOCIÉTÉ DES PRODUITS NESTLÉ, S.A., contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 20 de diciembre de 1.994 que (al estimar el recurso de reposición planteado, por FRIGO S.A, contra la resolución anterior de 3 de enero de 1.994, publicada en el BOPI de 1 de mayo de 1.994), no concedió la marca internacional núm. 572.180 "ROLO", para productos de la clase 30.

Ha sido parte en ateos la Administración demandada, representada y defendida por el Abogado del Estado

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito, en el que postuló una socia que anulase las resoluciones impugnadas.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contestó a la demanda suplicando se dictase sentencia desestimando el presente recurso.

TERCERO

Habiendo recibimiento a prueba, tras practicarse la declarada pertinente, las partes hicieron conclusiones, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.

CUARTO

Para votación y Fallo del presente proceso se señaló la audiencia del día 14 de octubre de 1.997, teniendo así lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y demás de general y pertinente aplicación Siendo Ponente el Magistrado de la Sección Ilmo. Sr. D. Ricardo Sánchez Sánchez, por sustitución de D. Enrique Collado Garcia-Lajara, que causó baja por enfermedad..

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO Es de interés destacar los siguientes antecedentes:

1) La SOCIÉTÉ DES PRODUITS NESTLE S.A., el 28 de mayo de 1.991, solicitó la marca internacional núm. 571180, "ROLO", para productos de la clase 30 "café y extractos del café, sucedáneos del café y extractos de sucedáneos del café, mezclas de café y de achicoria, te y extractos del te; chocolate y preparaciones a base de chocolate; cacao y preparaciones a base de cacao; confitería y golosinas; azucar, harina, preparaciones alimentarias a base de cereales o de arroz; pan, galletas, bombones, pastelería; helados comestibles y sorbetes, productos para la pi ración de helados cesibles y sorbetes, bombones helados, miel y snacks y entremeses; postres, puddings".

2) Se opusieron:

  1. FRIGO SA, titular de la marca 293.857 "ROL", para productos de la clase 30, "azúcares, tes, cafés... etc".

  2. FIESTA S.A., titular de la marca 513.448 y otra "ROLI-ROL", para productos de la clase 30.

  3. GALLETAS ARTIACH, S.A., titular de la marca 80.112 "POLO", para productos de la clase 30.

3) Por resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de fecha 3 de enero de 1.994, se concedió el registro de la marca solicitada. Presentado recurso de reposición por FRIGO S.A., fue estimado por resolución de fecha 20 de diciembre de 1.994, acordándose la denegación del registro solicitado..

SEGUNDO

El art. 124.1 del antiguo Estatuto de la Propiedad Industrial decía que no podrán ser admitidos al registro como marcas "los distintivos que por su semejanza fonética o gráfica con otros ya registrados puedan inducir a error o confusión en el m~". La redacción por cierto, es parecida ala que tiene hoy el are. 12. 1 a). de la Ley 32/88, de Marcas , que prohibe el registro de marcas que "por su identidad o semejanza fonética, gráfica o conceptual con una marca anteriormente solicitada o registrada para...

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