STSJ Castilla-La Mancha , 9 de Noviembre de 1998

PonentePEDRO LIBRAN SAINZ DE BARANDA
Número de Recurso1556/1997
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 1998
EmisorSala de lo Social

Recurso n° 1.556/97 Ponente Sr. Pedro Librán Sainz de Baranda.

Fallo 3-11-98 Iltmo. Sr. D.José Montiel González Presidente Iltma. Sra. Dª. Petra García Márquez Iltmo. Sr. D.Pedro Librán Sainz de Baranda En Albacete, a nueve de Noviembre de mil novecientos noventa y ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Iltmos.

Sres. Magistrados citados al margen, y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A N° 1.182 En el Recurso de Suplicación núm. 1.556/97, interpuesto por D. Vicente , contra la Sentencia dictada por el juzgado de lo Social n° 1 de Ciudad Real, en autos n° 1.076/95 , siendo recurridos Instituto Nacional de la Seguridad Social, (INSS) y Tesorería General de la Seguridad Social, (TGSS). Ha actuado como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Pedro Librán Sainz de Baranda.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, por el Juzgado de lo Social n° 1 de Ciudad Real se dictó sentencia con fecha de 30 de Junio de 1.997 , cuya parte dispositiva establece:

"

FALLO

Que desestimando la demanda, debo absolver y absuelvo a la parte demandada, de las pretensiones deducidas en su contra en el procedimiento".

SEGUNDO

Que, en dicha Sentencia, y como Hechos Probados, se establecen los siguientes:

"Primero.- D. Vicente presta servicios para la JCCLM, como funcionario, ejerciendo su cónyuge la profesión de Procuradora de los Tribunales. Segundo.- Con fecha 4-9-95, la JCCLM concedió a D. Vicente cuatro semanas de Permiso por paternidad. Tercero.- Presentada solicitud de prestación económica de maternidad por causa de opción de descanso laboral a favor del padre, ha sido denegada por el INSS".

TERCERO

Que, en tiempo y forma, por la parte demandante se formuló Recurso de Suplicación que no fue impugnado de contrario.

Elevadas las actuaciones a este Tribunal, se dispuso el pase a Ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la Sentencia de instancia que desestimó la pretensión de la parte actora en solicitud de que se declarara el derecho del actor a percibir la prestación económica de maternidad por causa de opción de descanso laboral a favor del padre y su derecho a disfrutar del permiso correspondiente se alza el presente recurso el cual con correcto amparo procesal en el art. 191 c) en seis motivos denuncia infracción de los art. 130 de la LGSS , art. 48-4° del E.T ., 30.3 de la Ley 30/1.984 de 2 de Agosto de MURFP , art. 9, 12 y 14 de la C. E . y 3 del Código Civil , los cuales procederá estudiar conjuntamente para evitar repeticiones innecesarias.

La cuestión a dilucidar en el caso de autos es si en el caso de ejercicio por la madre [Procuradora de los Tribunales] de la opción de disfrute parcial a favor del padre, la exigencia de requisitos (inclusión en el sistema, afiliación, alta, periodo de carencia) ha de entenderse referida, de modo independiente, a cada uno de los progenitores que pretende devengar el subsidio por maternidad.

El juzgador de instancia considera que en el supuesto de ejercicio por la madre del derecho de opción a favor del padre, los requisitos citados de afiliación, alta y carencia han de entenderse aplicables a cada progenitor para devengar el subsidio por maternidad, por lo que ambos deberán estar incluidos en el ámbito de aplicación del Estatuto de los Trabajadores, Ley de medidas...

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