SAP Almería 236/2010, 16 de Julio de 2010
Ponente | MARIA SOLEDAD JIMENEZ DE CISNEROS CID |
ECLI | ES:APAL:2010:329 |
Número de Recurso | 40/2010 |
Procedimiento | PENAL - APELACION DE JUICIO DE FALTAS |
Número de Resolución | 236/2010 |
Fecha de Resolución | 16 de Julio de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Almería, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA
SECCIÓN TERCERA
ROLLO APELACIÓN JUICIO DE FALTAS Nº40/10
SENTENCIA Nº 236/10
En Almería, a 16 de Julio de 2010
Visto en grado de apelación por la Sección 3ª de esta Audiencia Provincial, constituida en Tribunal Unipersonal, conforme a lo dispuesto por el párrafo segundo del número segundo del artículo 82 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por la Ilma. Sra. Magistrado Dª. SOLEDAD JIMENEZ DE CISNEROS Y CID, el Rollo número 40/10 y JUICIO DE FALTAS número 652/09, seguido en el Juzgado de Instrucción nº1 de Almeria por Falta de lesiones y amenazas, en el que figura como APELANTE Teodosio y Carlos Antonio, representados por Procurador D. Rosa Godoy Bernal y defendido por Letrado D. Francisco Ruano Ferron; y como APELADO Borja, representado por Procurador D. Juan Garcia Torres y defendido por Letrado D. Miguel Angel Torres Martinez, siendo parte el Ministerio Fiscal.
Se aceptan como relación de trámite y antecedentes de hecho los de la sentencia apelada.
Por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción 1 de Almería, en la referida causa se dictó Sentencia de fecha 11 de febrero de 2009 cuyos Hechos Probados son del tenor literal siguiente:
UNICO.- Del conjunto de la prueba practicada o reproducida en el acto del juicio ha resultado acreditado, y así se declara, que el día 11/04/06, cuando Borja se encontraba en el paraje " La Quiciliana", en Gador, junto con su esposa, Aida, y su hija Concepción, así como Carlos Antonio, surgieron ciertas desavenencias sobre la forma en la que estaban midiendo los linderos, siendo así que en un momento dado Carlos Antonio dirigiéndose a los denunciantes les dijo " os tengo que hacer la vida imposible, os tengo que hacer todo el mal posible hasta haceros sacar la hiel por la boca". Posteriormente cuando Borja se encontraba en el taller mecánico " Sánchez" en Gador, se le aproximó Teodosio y al tiempo que le decía " carbón, hijo de puta" le propino un puñetazo en el costado izquierdo. Como consecuencia de estos hechos Borja resultó con lesiones que le produjeron una agravación de la enfermedad pulmonar obstructiva crónica previa que padecía, tardando en curar 30 días de los que todos ellos permaneció incapacitado para realizar sus ocupaciones habituales sin quedarle secuela alguna.
El fallo de dicha sentencia es del tenor siguiente:
Que debo CONDENAR Y CONDENO a Carlos Antonio, como autor penalmente responsable de tres faltas de amenazas a la pena, para cada una de ellas, de 10 días multa a razón de 6 euros como cuota diaria, con un día de privación de libertad por cada dos cuotas o fracción impagadas y a Teodosio como autor penalmente responsable de una falta de injurias a la pena de 10 días multa a razón de 6 euros como cuota diaria y como autor penalmente responsable de una falta de lesiones a la pena de 30 días multa a razón de 6 euros como cuota diaria, con un día de privación de libertad por cada dos cuotas o fracción impagadas, debiendo indemnizar a Borja en la cantidad de 1.800euros, así como al pago de las costas procesales ocasionadas
Por los condenados se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, interesando en su escrito se dicte nueva sentencia en sentido de ser absueltos de las faltas que se les imputaba, por las razones expuestas en dicho escrito.
Del recurso se dio traslado a las otras partes personadas, interesando el Ministerio Fiscal y la parte apelada la confirmacion de la resolcuion impugnada.
Remitidas las actuaciones a este Tribunal, se formó Rollo de Sala, turnándose de ponencia, y se trajeron los autos para sentencia el...
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AAP Madrid 383/2016, 23 de Diciembre de 2016
...o no se opone está suficientemente justificado despachar ejecución, como se dispone". Puede citarse en ese mismo sentido la S. A.P. Almería, de 16.Jul.2010, a cuyo tenor "En principio conviene puntualizar que el procedimiento monitorio introducido por vez primera en nuestro Ordenamiento Jur......