STSJ Galicia , 14 de Julio de 1999

PonenteBENIGNO LOPEZ GONZALEZ
Número de Recurso1362/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Julio de 1999
EmisorSala de lo Contencioso

01 /0001362 /1996 SECCION PRIMERA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA Nº 799-1999 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Ilmos. Sres.

D. GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO. PTE. D. BENIGNO LOPEZ GONZALEZ.

D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA.

En la Ciudad sede de este Tribunal, a catorce de julio de Mil novecientos noventa y nueve.

En el proceso contencioso-administrativo que con el número 01/0001362/1996 , pende de resolución de esta Sala, interpuesto por FEDERACION REGIONAL DE SERVICIO PUBLICOS U. G. T. representada y dirigida por el Abogado D. DANIEL PEREIRO CACHAZA, contra Resoluciones de Concejala de Personal del Ayuntamieto de Oleiros de fechas 23, 29 y 30.8.96 y 5.9.96 (332 /92; 3401 /96; 3411 /96; 3511 /96); sobre horario sindical y denegación de ausencia de trabajo por no utilizar el procedimiento establecido. Es parte como demandada EL AYUNTAMIENTO DE OLEIROS, representado y dirigido por el Abogado D. CARLOS HERNANDES LOPEZ; siendo la cuantía del recurso la de INDETERMINADA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que se realizó a medio de escrito en el que en síntesis contiene los siguientes HECHOS: La Concejala de Personal del Ayuntamiento de Oleiros, hizo publicas unas resoluciones, que ahora son objeto del presente recurso las resoluciones se refiere a la acumulación de crédito horario sindical y denegación de ausencia al trabajo por disfrute de horas sindicales. Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes, y suplica que se dicte sentencia estimando el recurso, declarando nulos, anule, revoque y deje sin efecto los actos recurridos, condenando a la demanda a indemnizar a los recurrentes de los daños y perjuicios causados.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda al Letrado de la corporación demandada, evacuó dicho traslado a medio de escrito de oposición, con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Declarado concluso el debate escrito se dejan las actuaciones sobre la mesa para resolver.

CUARTO

Que en la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente el Ilmo. Sr. DON BENIGNO LOPEZ GONZALEZ.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La Federación Regional de Servicios Públicos de la Comunidad Autónoma de Galicia, integrada en la Unión General de Trabajadores (U.G.T.) interpone recurso contencioso-administrativo contra resoluciones del Ayuntamiento de Oleiros (La Coruña), de 23, 29 y 30 de agosto y 5 de septiembre de 1996, sobre acumulación de crédito horario sindical y denegación de ausencia al trabajo por disfrute de horas sindicales.

SEGUNDO

La Resolución nº 3321, de 23 de agosto de 1996 establece, en su apartado 1: "Poner en conocimiento de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SJCA nº 4 304/2007, 31 de Julio de 2007, de Zaragoza
    • España
    • 31 Julio 2007
    ...mucho que se quiera proteger al derecho de libertad sindical, éste, no puede ser ilimitado...". En similares términos se expresa la STSJ Galicia 14/07/1.999......cuando dice: "Cierto es que la Ley 9/1987 nada dice respecto a modelos de instancia y plazos de antelación en cuanto a la comunic......
1 artículos doctrinales
  • La libertad sindical
    • España
    • Revista del Ministerio de Trabajo e Inmigración Núm. 93, Junio 2011
    • 1 Marzo 2011
    ...porque lo contrario «supondría el vaciamiento del contenido del derecho de libertad sindical». Por su parte, la STSJ de Galicia de 14 de julio de 1999 (Rec. núm. 1362/1996) subraya lo siguiente: «Cierto es que la Ley 9/1987 nada dice respecto a modelos de instancia y plazos de antelación en......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR