STSJ Andalucía , 18 de Mayo de 1999

PonenteJOAQUIN LUIS SANCHEZ CARRION
Número de Recurso452/1998
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución18 de Mayo de 1999
EmisorSala de lo Social

J.M. SENTENCIA NÚM. 1217/99 ILTMO. SR. D. LUIS FELIPE VINUESA PRESIDENTE ILTMO. SR. D. LUIS HERNÁNDEZ RUIZ ILTMO. SR. D. JULIO PÉREZ PÉREZ ILTMO. SR. D. JOAQUIN L SANCHEZ CARRION MAGISTRADOS En la ciudad de Granada a dieciocho de Mayo de mil novecientos noventa y nueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, han pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 452/98, interpuesto por Dª. Andrea contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. DOS de ALMERÍA en fecha 12 de Diciembre de 1997 ha sido ponente el Iltmo.

Sr. JOAQUIN L SANCHEZ CARRION.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Dª. Andrea en reclamación sobre INVALIDEZ GRADO contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.y admitida a trámite y celebrado Juicio se dictó sentencia en fecha 12 de Diciembre de 1.997 , por la que desestimando la demanda planteada por Dª. Andrea , absolvía al Instituto Nacional de la Seguridad Social de la demanda contra el mismo deducida.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

Dª. Andrea , de 57 años de edad, que trabaja habitualmente como agricultora REA propia, afiliada a la Seguridad Social con el número NUM000 , con una base reguladora de 65.000 Pts mensuales y acreditando un periodo de cotización suficiente.

SEGUNDO

Que el actor padece las siguientes lesiones y enfermedades: cardiopatía isquemia e isquemia anterolateral, hiperlipídemia II, presentando en ECG ritmo sinual con ocasionales complejos ectopicos prematuros e isquemia anterolateral. Litiasis pielica izqda con estenosis de la unión pielo-ureteral.

Proceso Poliartrosico generalizado, gonartrosis bilateral con balance articular conservado.

TERCERO

El Instituto Nacional de la Seguridad Social, en resolución de fecha 1-7-94, declara no encontrarse afecto, el interesado a invalidez permanente alguna.

CUARTO

Interpuesta reclamación previa con fecha 5.6.97 ha sido desestimada por transcurrir el plazo legalmente establecido.

Tercero

Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por Dª. Andrea , recurso que posteriormente formalizó, siendo en su momento impugnado por el contrario.

Recibidas los Autos en este Tribunal, se acordó el pase de los mismos al Ponente, para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Al amparo del apartado a) del art 191 de la LPL , interesa el recurrente la nulidad de las actuaciones, por considerar infringidos los arts. 72.2 de la LPL , 8 de la LOPJ , 106.1 CE y 359 LECivil entendiendo, de una forma confusa e inconcreta que por si sola es merecedora de rechazo al incumplir el requisito esencial del art. 194.2 LPL , que el expediente administrativo se ha tramitado irregularmente, censura que ha de ser rechazada ya que el art. 191 a) LPL invocado por la recurrente exige, para que se pueda acceder a una hipotética nulidad de actuaciones, que se hayan infringido normas o garantías del procedimiento jurisdiccional y que se haya causado con ello indefensión, no habiéndose producido en el presente caso por el juzgador de instancia infracción procesal alguna y, respecto...

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