STSJ Castilla y León 1900/2010, 14 de Septiembre de 2010
Ponente | JESUS BARTOLOME REINO MARTINEZ |
ECLI | ES:TSJCL:2010:4807 |
Número de Recurso | 894/2007 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 1900/2010 |
Fecha de Resolución | 14 de Septiembre de 2010 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD
VALLADOLID
SENTENCIA: 01900/2010
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección : 001
VALLADOLID
65594
C/ ANGUSTIAS S/N
Número de Identificación Único: 47186 33 3 2007 0101531
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000894 /2007
Sobre FUNCION PUBLICA
De D. Fausto
Representante:
Contra - DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA Y DE LA GUARDIA CIVIL
Representante: ABOGADO DEL ESTADO
SENTENCIA Nº 1900
ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:
DON JESÚS B. REINO MARTÍNEZ
DON SANTOS HONORIO DE CASTRO GARCIA
DON FELIPE FRESNEDA PLAZA
En Valladolid, a catorce de septiembre de dos mil diez. Visto por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, integrada por los Magistrados expresados más arriba, el presente recurso en el que se impugna:
Resolución de la Dirección General de la Policía, de 23 de abril de 2007, desestimatoria de la solicitud de devengo del complemento de productividad funcional que venía percibiendo, durante el período de tiempo que no prestó cometido policial por encontrarse en la situación de incapacidad temporal por enfermedad.
Son partes en dicho recurso:
Como recurrente: DON Fausto, que intervino en su propio nombre.
Como demandada: ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO - DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA, representada y defendida por el Abogado del Estado.
Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JESÚS B. REINO MARTÍNEZ.
Interpuesto y admitido el presente recurso, y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, con base en los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que, estimando la pretensión que se deduce, se contengan los siguientes pronunciamientos y declaraciones: a) Anular la resolución impugnada por ser contraria al ordenamiento jurídico y b) Declarar el derecho del demandante al abono del complemento de productividad de 90,15 # por cada mes que estuvo de baja por enfermedad, así como al abono de los intereses legales correspondientes.
Por OTROSÍ, se interesa el recibimiento a prueba del recurso.
En el escrito de contestación, con base en los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso e imponga las costas a la parte actora.
El procedimiento se recibió a prueba, desarrollándose la misma con el resultado que obra en autos.
Presentados escritos de conclusiones, se señaló para votación y fallo del presente recurso el día 7 de septiembre de 2010.
En la tramitación de este recurso se han observado los trámites marcados por la Ley aunque no los plazos en ella fijados dado el volumen de trabajo y la pendencia que existe en la Sala.
La cuestión que se suscita en el presente recurso y de cuya resolución depende la respuesta a dar a la pretensión de plena jurisdicción ejercitada por el funcionario policial demandante, es la de si éste tiene derecho a percibir el complemento de productividad durante el tiempo que permaneció de baja por enfermedad común.
Como ya dijimos en nuestra sentencia nº 1656/2006, de 26 de septiembre, esta cuestión ha sido examinada por diversos Tribunales Superiores de Justicia quienes han dado una respuesta favorable a este tipo de...
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