STSJ Castilla y León 1900/2010, 14 de Septiembre de 2010

PonenteJESUS BARTOLOME REINO MARTINEZ
ECLIES:TSJCL:2010:4807
Número de Recurso894/2007
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución1900/2010
Fecha de Resolución14 de Septiembre de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD

VALLADOLID

SENTENCIA: 01900/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección : 001

VALLADOLID

65594

C/ ANGUSTIAS S/N

Número de Identificación Único: 47186 33 3 2007 0101531

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000894 /2007

Sobre FUNCION PUBLICA

De D. Fausto

Representante:

Contra - DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA Y DE LA GUARDIA CIVIL

Representante: ABOGADO DEL ESTADO

SENTENCIA Nº 1900

ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:

DON JESÚS B. REINO MARTÍNEZ

DON SANTOS HONORIO DE CASTRO GARCIA

DON FELIPE FRESNEDA PLAZA

En Valladolid, a catorce de septiembre de dos mil diez. Visto por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, integrada por los Magistrados expresados más arriba, el presente recurso en el que se impugna:

Resolución de la Dirección General de la Policía, de 23 de abril de 2007, desestimatoria de la solicitud de devengo del complemento de productividad funcional que venía percibiendo, durante el período de tiempo que no prestó cometido policial por encontrarse en la situación de incapacidad temporal por enfermedad.

Son partes en dicho recurso:

Como recurrente: DON Fausto, que intervino en su propio nombre.

Como demandada: ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO - DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA, representada y defendida por el Abogado del Estado.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JESÚS B. REINO MARTÍNEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido el presente recurso, y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, con base en los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que, estimando la pretensión que se deduce, se contengan los siguientes pronunciamientos y declaraciones: a) Anular la resolución impugnada por ser contraria al ordenamiento jurídico y b) Declarar el derecho del demandante al abono del complemento de productividad de 90,15 # por cada mes que estuvo de baja por enfermedad, así como al abono de los intereses legales correspondientes.

Por OTROSÍ, se interesa el recibimiento a prueba del recurso.

SEGUNDO

En el escrito de contestación, con base en los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso e imponga las costas a la parte actora.

TERCERO

El procedimiento se recibió a prueba, desarrollándose la misma con el resultado que obra en autos.

CUARTO

Presentados escritos de conclusiones, se señaló para votación y fallo del presente recurso el día 7 de septiembre de 2010.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado los trámites marcados por la Ley aunque no los plazos en ella fijados dado el volumen de trabajo y la pendencia que existe en la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La cuestión que se suscita en el presente recurso y de cuya resolución depende la respuesta a dar a la pretensión de plena jurisdicción ejercitada por el funcionario policial demandante, es la de si éste tiene derecho a percibir el complemento de productividad durante el tiempo que permaneció de baja por enfermedad común.

Como ya dijimos en nuestra sentencia nº 1656/2006, de 26 de septiembre, esta cuestión ha sido examinada por diversos Tribunales Superiores de Justicia quienes han dado una respuesta favorable a este tipo de...

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