SAP Burgos 189/2010, 17 de Septiembre de 2010

PonenteLUIS ANTONIO CARBALLERA SIMON
ECLIES:APBU:2010:1186
Número de Recurso78/2010
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución189/2010
Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

BURGOS

ROLLO DE APELACION NUM 78/2010

PROCEDIMIENTO PENAL NUM 125/2009

JUZGADO DE LO PENAL NUM. 2 DE BURGOS

S E N T E N C I A NUM. 00189/2010

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Ilmos. Sres. Magistrados:

  1. LUIS ANTONIO CARBALLERA SIMÓN

  2. ROGER REDONDO ARGÜELLES

Dª MARÍA TERESA MUÑOZ QUINTANA

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BURGOS, a diecisiete de Septiembre de dos mil diez.

La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, compuesta por los Magistrados expresados, ha visto en segunda

instancia la causa procedente del Juzgado de lo Penal nº 2 de Burgos, seguida por un delito de Homicidio Imprudente y

Lesiones por Imprudencia, contra Dª María Inmaculada, cuyas circunstancias y datos requeridos constan ya en la

sentencia impugnada, en virtud de recurso de apelación interpuesto por FIATC MUTUA DE SEGUROS, bajo la representación y

defensa respectiva del Procurador de los Tribunales D. José Mª Manero de Pereda y del Letrado D. Joaquín Sáez Fernández, y

siendo parte apelada, por vía de impugnación del recurso, el Ministerio Fiscal y la citada inculpada, bajo la representación y defensa respectiva, de la Procuradora de los Tribunales Dª María Concepción Santamaría Alcalde y del Letrado D. Jorge

González Ruiz, así como D. Nicanor, que interviene en nombre y representación de sus hijos

menores, Ángel Jesús y Bienvenido, representado por el Procurador de los Tribunales D. Elías Gutiérrez Benito y

defendido por el Letrado D. Alfonso Codón Herrera, y Dª Rocío y la mercantil JANLA S.L,

representadas por el Procurador Dª. Lucia Ruiz Antolín y defendidas por el letrado D. Carlos Real Chicote, que se adhirieron al

recurso y, habiendo sido designado Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don LUIS ANTONIO CARBALLERA SIMÓN, quien expresa el

parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En las diligencias del Procedimiento Abreviado de referencia, por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Burgos, se dictó sentencia de fecha 27 de Enero de 2010, cuya declaración de Hechos Probados y Parte Dispositiva son del tenor literal siguiente:

-HECHOS PROBADOS"ÚNICO.- Probado y así se declara expresamente que la acusada María Inmaculada mayor de edad y sin antecedentes penales el día 17 de abril de 2006 sobre las 19,20 horas conducía el vehículo de su propiedad Audi A3 matrícula .... RDD, asegurado por la compañía FIATC por la autopista AP-1 (Burgos-Armiñón) en sentido a Burgos; en dicho vehículo viajaban asimismo como ocupantes los dos hijos de la acusada, Ángel Jesús, que en esa fecha contaba con 6 años de edad quien ocupaba el asiento trasero izquierdo y Bienvenido de 9 años de edad, quien ocupaba el asiento trasero derecho; ambos menores llevaban puesto el cinturón de seguridad; a la altura del punto kilométrico 12,800 de la citada vía, en un tramo en el que existe una curva de amplio radio hacia la derecha y en suave descenso la acusada María Inmaculada que circulaba por el carril izquierdo a una velocidad en torno a los 133 km/hora, por causas que no constan dejó momentáneamente de prestar la debida atención a la conducción y cuando volvió a prestarla, al percibir que su vehículo tendía a salirse de la vía por el margen izquierdo de la calzada por la inercia de la curva existente en dicho tramo intentó corregir su trayectoria, y giró bruscamente el volante hacia la derecha perdiendo el control del vehículo el cual comenzó a zizagear y desplazarse rápidamente hacia la derecha hasta colisionar contra la barrera metálica de seguridad existente en ese lado de la calzada para seguidamente salir proyectado hacia la izquierda cruzando diagonalmente los dos carriles de circulación atravesando la mediana hasta invadir la calzada de sentido contrario y colisionar con su parte frontal izquierda contra la parte delantera izquierda y lateral contiguo del turismo SEAT León matrícula ....WWW, propiedad de Pelayo y asegurado por la entidad MUTUA MADRILEÑA el cual circulaba normalmente por el carril izquierdo de dicha Autopista en sentido Armiñón a unos 80 km/hora siendo conducido por Pelayo y en el que viajaba como ocupante en el asiento del copiloto Isidora ; como consecuencia de esta primera colisión el vehículo Audi A3 se desplazó en giro en invadió el carril derecho por donde circulaba correctamente el autobús Scania matrícula QO-....-QZ propiedad de la mercantil JANLA

S.L, asegurado por la entidad MERCURIO y conducido por Caridad, chocando contra la parte frontal izquierda del citado autobús; como consecuencia de estos dos impactos se desprendieron numerosos restos de cristales y de otros componentes de las estructuras de los vehículos que quedaron en la calzada de tal modo que el vehículo Volkswagen Passat matricula .... SKW que circulaba tras el citado SEAT león conducido por Felix, (siendo el mismo propiedad de éste y estando asegurado por la entidad MAPFRE) colisionó contra dichos restos.

Como consecuencia de dichas colisiones se produjeron los siguientes resultados:

- Pelayo conductor del vehículo SEAT León matrícula ....WWW, nacido el día 29 de agosto de 1981 resultó fallecido; al tiempo del accidente Pelayo era soltero y convivía con su padre Moises habiendo fallecido su madre con anterioridad;

- Isidora, ocupante del vehículo SEAT León matrícula ....WWW, nacida el día 26 de enero de 1982, sufrió lesiones consistentes en policontusiones, movilidad en los incisivos inferiores derechos 4,1 y 4, 2 y pérdida ligera de esmalte en las piezas 1,1 y 2,1 y, un cuadro ansioso depresivo, lesiones que precisaron para su curación de tratamiento médico y de las que tardó en curar 76 días de los cuales uno estuvo hospitalizada y los restantes incapacitada para sus ocupaciones habituales y restándole como secuelas al alta cuerpos extraños a nivel del primer dedo de la mano derecha (2 puntos), un bultoma de 2 x 2 cm en la cara inferior externa del muslo izquierdo (perjuicio estético ligero, 3 puntos), movilidad de piezas dentarias ( 1 punto) y un cuadro ansioso depresivo leve de buena evolución ( 2 puntos), habiendo recibido Isidora tratamiento psicológico por el que abonó la cantidad de 1542,00 euros.

- Ángel Jesús, ocupante del vehículo Audi A3 matrícula .... RDD nacido el 5 de marzo de 2000, sufrió lesiones consistentes en Fractura aplastamiento de L2 con paraplejia inmediata, contusión renal derecha con hematoma infrarenal con ausencia de perfusión renal de 50% en riñón derecho, lesiones de las que tardó en curar 763 días de los cuales 158 días estuvo ingresado en hospital y los restantes incapacitado para sus ocupaciones habituales y para cuya curación precisó de tratamiento médico (ingreso en UVI para estabilización clínica y hemodinámica, posteriormente ingreso en el servicio de Neurocirugía y posteriormente es trasladado al Hospital de parapléjicos de Toledo para realización de tratamiento rehabilitador e infiltración de toxina butolínica en musculatura de extremidades inferiores) y restándole como secuelas al alta síndrome medular trasverso D8 con hipoestesia D10 derecha D11 izquierda sin preservación sacra (80 puntos), función renal derecha reducida en 25% (7 puntos), vejiga neurógena hipertónica con sondajes obligados (15 puntos), desviación de apófisis espinosa dorsolumbares hacia la derecha con hundimiento global de la columna con lodórsis torácica y cifosis toracolumbar, profusión de la apf espinosa L2, bascula pélvica 0,2 (escoliosis dorsolumbar derecha moderada) (15 puntos) perjuicio estético bastante importante (30 puntos) e insuficiencia respiratoria moderada (5 puntos)

Estas secuelas le generan gran invalidez y le suponen dependencia de terceras personas para actividades de la actividad cotidiana; los padres de Ángel Jesús están divorciados, teniendo la madre- María Inmaculada con la que convive- atribuida judicialmente la guarda y custodia del menor; asimismo Ángel Jesús precisa silla de ruedas para desplazarse, lo que ha obligado a adaptar su vivienda mediante la instalación de elevador, ampliación de huecos de puertas, supresión de escalera y adaptación de baños, obras cuyo importe ha generado un gasto por importe de 45.480,05 euros, estando proyectadas otras obras de adaptación de los baños de la vivienda e instalación de nuevos elevadores cuyo presupuesto asciende a la cantidad de 30.689,47 euros; asimismo la necesidad de Ángel Jesús de utilizar la silla de ruedas obliga a que en sus desplazamientos en vehículo lleve consigo la referida silla, lo que ha condicionado que su madre haya tenido que adquirir un vehículo con un maletero con capacidad suficiente para transportar la silla de ruedas, lo que le ha supuesto un sobecoste en el precio del vehículo estimado en 3000 euros.

Ángel Jesús necesitará cambios del corsé para adaptarse al crecimiento músculo-esquelético corporal a medida que crezca y cuando termine su desarrollo y se convierta en adulto, podrá necesitar intervención quirúrgica para la fijación de la columna, generando los correspondientes gastos ortopédicos, de fisioterapia y rehabilitación y de adaptación de los diferentes vehículos que posea.

- Bienvenido, ocupante del vehículo Audi A3 matrícula .... RDD nacido el 21 de abril de 1996, sufrió lesiones consistentes dolor cervical y costal y erosión en la cadera izquierda las cuales precisaron para su curación de tratamiento médico y de las que tardó en curar 30 días, de los cuales dos días estuvo hospitalizado y 15 impedido para sus ocupaciones habituales restándole como secuela un síndrome de estés postraumático (3 puntos).

- Rocío, conductora del autobús matrícula QO-....-QZ, nacida el día 15 de febrero de 1966, resultó ilesa pero sufrió un impacto emocional que no precisó asistencia médica ni tratamiento y del que se recuperó en 7...

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