STSJ Cataluña , 14 de Octubre de 1999

PonenteFRANCISCO LOPEZ VAZQUEZ
Número de Recurso211/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Octubre de 1999
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Tercera Recurso nº 211 de 1.996 Partes: "Hogar 92, S.A" contra la Generalitat de Catalunya y el Ayuntamiento de Castellar del Vallés SENTENCIA Nº 1.000 Ilmos. Sres:

Presidente:

D. Manuel Quiroga Vázquez Magistrados:

D. Manuel Táboas Bentanachs D. Francisco López Vázquez En la ciudad de Barcelona, a catorce de octubre de mil novecientos noventa y nueve.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, constituida al efecto para la votación y Fallo, ha visto, en el nombre de S.M. el Rey, el recurso contencioso administrativo seguido ante la misma con el número de referencia, promovido a instancia de "Hogar 92, S.A.", representada y defendida por el Letrado Sr. Girbau Camps, contra la Consellería de Política Territorial i Obres Públiques de la Generalitat de Catalunya, representada y defendida por su Letrado, siendo parte codemandada el Ayuntamiento de Castellar del Vallés, representado y defendido por el Letrado Sr. Torra Miró, en relación con licencia de obras, siendo la cuantía del recurso indeterminada. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. Francisco López Vázquez, quien expresa el parecer del. Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, publicándose el pertinente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona y, recibido el expediente administrativo, le fue entregado para que dedujese escrito de demanda, en el que, tras consignar los hechos y fundamentos jurídicos que estimó de aplicación, solicitó se dictase sentencia estimatoria de la pretensión articulada.

Secundo. Conferido traslado a las partes demandada y codemandada, contestaron la demanda, consignando los hechos y fundamentos de derecho que entendieron aplicables, solicitando la desestimación de las pretensiones de la parte actora.

Tercero

Recibidos los autos a prueba fueron practicadas, las consideradas pertinentes, con el resultado que es de ver en los mismos, continuando el proceso sus trámites, hasta finalizar con el de conclusiones, donde las partes hicieron las alegaciones que estimaron convenientes a su derecho, señalándose inicialmente la votación y fallo para el día 16 de noviembre de 1.998, suspendiéndose tal señalamiento ante la falta de emplazamiento de la empresa "Foqueroses, S.L.", subsanándose tal trámite y señalándose nuevamente para votación y fallo el día 26 de abril de 1.996. Con suspensión del plazo para dictar sentencia y para mejor proveer se acordó entonces la práctica de un dictamen pericial, del que se dio traslado a las partes para alegaciones.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la impugnación del acuerdo de la Consellería de Política Territorial i Obres Públiques de la Generalitat de Catalunya de 18 de enero de 1.996, desestimando recurso ordinario interpuesto por la actora contra el de la Direcció General d'Urbanisme de 19 de diciembre de 1.995, por el que se dejaba sin efecto su resolución anterior de 28 de julio de 1.995, y, en definitiva, la solicitud efectuada en esta resolución al Ayuntamiento de Castellar del Vallés para la iniciación de un procedimiento de revisión de la licencia municipal de obras...

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