STSJ Galicia , 4 de Octubre de 2000

PonenteJOSE GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO
ECLIES:TSJGAL:2000:7624
Número de Recurso2246/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

01 /0002246 /1997 SECCION PRIMERA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente:

S E N T E N C I A Nº 1608 2000 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO MAGISTRADOS:

D. BENIGNO LOPEZ GONZÁLEZ D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA En La Ciudad de A Coruña, a cuatro de octubre de dos Mil. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 01 /0002246 /1997 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por Jose Daniel , Alejandro , Gerardo , Santiago , Juan Luis , Donato , Mariano , Jesús Carlos , Darío , María Purificación , Lorenza , Amelia , María , Jose Carlos y Concepción , representados por el procurador D. LUIS SÁNCHEZ GONZÁLEZ, y dirigido por el Abogado D. ALBERTO SÁENZ-CHAS DIAZ, contra Orden de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública de 26 de agosto de 1997 sobre convocatoria de proceso selectivo para ingreso en el cuerpo facultativo superior Administración especial. Es parte como demandada CONSELLERIA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION PUBLICA representada y dirigida por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA; siendo la cuantía del recurso la de indeterminada .

RESULTANDO que admitida a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que se realizó a medio de escrito en el que en síntesis contiene los siguientes HECHOS: En el Diario oficial de Galicia de fecha 14 de octubre de 1997, se publicó la Orden de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, de 26 de agosto de 1997, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso en el cuerpo facultativo superior de la Administración especial de la Xunta de Galicia (grupo A), escala de profesores numerarios de institutos politécnicos marítimo- pesqueros; no estando conformes los recurrentes con la misma por considerarla contraria al ordenamiento jurídico y a sus intereses interponen recurso. - Invoca Los fundamentos de derecho que estima procedentes, y suplica que se dictó sentencia por la que, anulando y dejando sin efecto las Bases II. 1.2. y II. 2.11. a) de la orden de 26 de agosto de 1997 por la que se convoca el proceso selectivo recurrido, así como los demás Bases y Anexos que sea concordantes y a los que haga referencia el contenido del presente recurso, acuerde obligar a los aspirantes por el sistema de promoción interna a realizar el primer ejercicio de la fase de oposición; y establecer la misma puntuación total máxima para el acceso libre, en la valoración del mérito consistente en Los servicios prestados, margen de cual sea el personal que los acreditos; manteniendo en todo lo demás la convocatoria recorrida, en tanto no sea contradictoria con el...

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