STSJ Asturias , 31 de Marzo de 2000

PonenteMARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2000:1217
Número de Recurso1890/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución31 de Marzo de 2000
EmisorSala de lo Social

ROLLO Nº: RSU 1890 /1999 45005 AUTOS Nº: 201/99 Mieres SENTENCIA Nº: 656/00 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ASTURIAS En OVIEDO, a treinta y uno de marzo de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de ASTURIAS, siendo el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, formando Tribunal los Iltmos. Sres. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Dª. MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ, Dª. MARIA DEL CARMEN PRIETO FERNANDEZ Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por D. Carlos Jesús , contra la sentencia del Juzgado de lo Social de Mieres, ha sido ponente la Ilma Sra. Dña. MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por D. Carlos Jesús , en reclamación de invalidez permanente total, siendo demandado el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social y la empresa Hunosa y celebrado el acto del juicio oral, por el mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha veinticinco de mayo de mil novecientos noventa y nueve por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - Don Carlos Jesús , nacido el 13 enero 1936, afiliado a la Seguridad social con el número NUM000 , prestó durante su vida laboral servicios en Minas de Carbón por cuenta y orden de la empresa Ortiz Sobrinos, S.A. 2º- El actor tiene reconocida una Incapacidad Permanente Total para el ejercicio de su profesión habitual derivada de accidente de trabajo, cuya pensión asciende actualmente al 55 por 100 de 28.969

    pesetas mensuales, en virtud de resolución de 30 septiembre 1960, de la extinta Caja Nacional de Seguros de Accidentes de Trabajo.

  2. - Posteriormente el actor prestó servicios por cuenta y orden a la empresa HUNOSA, con la categoría profesional de Jefe de Equipo Electromecánico.

  3. - El alcanzar la edad reglamentaria y en virtud de resolución de la Dirección Provincial del Inss de Asturias, Secretaría General de la Minería del Carbón, de Marzo de 1999, se le reconoce una pensión de jubilación, siendo la base reguladora de 233.555 pesetas mensuales, dándosele un plazo al trabajador para que aporte por una u otra, y en su defecto, reconociéndole la de jubilación por ser más beneficioso.

  4. El trabajador solicita la reclamación de compatibilidad entre la pensión reconocida por Incapacidad Permanente Total derivada de accidente de trabajo y la de Jubilación. Agotada la vía administrativa presentó...

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