STSJ Cantabria , 24 de Enero de 2000
Ponente | MARIA TERESA MARIJUAN ARIAS |
ECLI | ES:TSJCANT:2000:99 |
Número de Recurso | 1062/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 24 de Enero de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SENTENCIA Iltmo. Sr. Presidente Don César Tolosa Tribiño Iltmos. Sres. Magistrados Doña María Teresa Marijuan Arias Don Javier Barcelona LLop En la Ciudad de Santander, a 24 de enero de 2000. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso número 1062/98, interpuesto por ACS, PROYECTOS, OBRAS Y CONSTRUCCIONES S.A., representado por el Procurador Don José Luis Aguilera San Miguel y defendido por el Letrado Don Alfonso Aguirre Diaz- Guardamina contra LA DIPUTACION REGIONAL DE CANTABRIA, representada y defendida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos. La cuantía del recurso es de 143.877.124 pesetas. Es ponente la Iltma. Sra. Doña María Teresa Marijuan Arias, quien expresa el parecer de la Sala.
El recurso se interpuso el día 12 de junio de 1998 contra la Resolución de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo de la Diputación Regional de Cantabria, de fecha 19 de marzo de 1998, por la que se desestima el recurso ordinario interpuesto contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, de la reclamación formulada por la recurrente interesando el abono de certificaciones de obra, liquidación provisional e intereses de demora derivados de la realización por A.C.S. de las obras de impulsión y colector de trasvase de aguas residuales de la Vaguada de las Llamas de Santander, por importe de 143.877.124 pesetas.
En su escrito de demanda, la parte actora interesa de la Sala dicte sentencia por la que se declare la nulidad de las resoluciones combatidas, por ser contrarias al ordenamiento jurídico, interesando el abono de la certificación 29-E, por importe de 8.402.384 pesetas; de la liquidación de obras aprobada y pendiente de certificar, que asciende a 52.784.943 pesetas; los intereses de demora derivadosdel pago tardío de las certificaciones nº22 B a 26 B; así como los intereses de demora correspondientes a la certificación 29E, los intereses de demora correspondientes a la liquidación provisional y finalmente los intereses de los intereses de las sumas pendientes de pago.
En su contestación a la demanda, la Diputación Regional de Cantabria recurrida solicita de la Sala la desestimación del recurso, por ser conformes a Derecho los actos administrativos que se impugnan.
Recibido el proceso a prueba, se practicaron las que constan en autos.
Señalada fecha para la vista, tuvo lugar el día 4 de octubre de 1999, acordando la Sala la práctica de la diligencia para mejor proveer obrante en autos, habiendo sido cumplimentada la información requerida el día 15 de diciembre de 1999.
Señalada fecha para la deliberación, votación y fallo, tuvo lugar el día 19 de enero de 2000,en que efectivamente se deliberó, votó y falló.
Son objeto del presente recurso la Resolución de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo de la Diputación Regional de Cantabria, de fecha 19 de marzo de 1998, por la que se desestima el recurso ordinario interpuesto contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, de la reclamación formulada por la recurrente interesando el abono de certificaciones de obra, liquidación provisional e intereses de demora derivados de la realización por A.C.S. de las obras de impulsión y colector de...
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