SAP La Rioja 335/2010, 30 de Julio de 2010

PonenteBEATRIZ SAENZ DE JUBERA HIGUERO
ECLIES:APLO:2010:673
Número de Recurso249/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución335/2010
Fecha de Resolución30 de Julio de 2010
EmisorAudiencia Provincial - La Rioja, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

LOGROÑO

SENTENCIA: 00335/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA RIOJA

LOGROÑO

Domicilio : VICTOR PRADERA 2

Telf : 941296484/486/489

Fax : 941296488

Modelo : SEN01

N.I.G.: 26089 37 1 2009 0100260

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000249 /2009 Juzgado procedencia : JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 3 de LOGROÑO Procedimiento de origen : JUICIO VERBAL 0001592 /2008 S E N T E N C I A Nº 335 DE 2010

Ilmos. Sres.

Presidente:

D. ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ

Magistrados:

D. JOSÉ LUIS DÍAZ ROLDÁN

Dª BEATRIZ SÁENZ DE JUBERA HIGUERO En la ciudad de Logroño a treinta de julio de dos mil diez VISTO en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial, integrada por los Sres. Magistrados indicados al margen, los Autos de JUICIO VERBAL 1592/2008, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 3 de LOGROÑO, a los que ha correspondido el Rollo 249 /2009, en los que aparece como parte apelante la entidad mercantil LADRILLO AZUL S. L. representado por la procuradora Dª ANA ROSA RAMIREZ MARIN, y asistido por el letrado D. FEDERICO JOSE BRAVO HERNANDEZ, y como apelado la entidad mercantil FOTOCROMIA LINIAL S. L. representada por la procuradora Dª PAULA CID MONREAL, y asistido por el letrado D. RAMON CABALLERO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª BEATRIZ SÁENZ DE JUBERA HIGUERO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, con fecha 12 de febrero de 2009, se dictó sentencia en primera instancia en cuyo fallo se recogía: "Que estimando la demanda promovida por FOTOCROMÍA LINEAL S.L. debo condenar y condeno a LADRILLO AZUL, S.L. a abonar al actor la suma de 923,01 euros, más los intereses de mora procesal desde la fecha de la sentencia.

Se imponen las costas del proceso a la parte demandada".

SEGUNDO

Notificada la anterior sentencia a las partes, por la representación de la parte demandada, se presentó escrito solicitando se tuviese por preparado en tiempo y forma la apelación, que fue admitida, con traslado por 20 días a la parte recurrente para que interpusiese ante el Juzgado el recurso de apelación. Interpuesto éste, se dio traslado a las demás partes para que en 10 días presentasen escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada, en lo que le resultase desfavorable.

TERCERO

Seguido el recurso por todos sus trámites, se señaló para la celebración de la votación y fallo el día 8 de julio de 2010, si bien finalmente, por motivos de organización y distribución del trabajo en este Tribunal, la deliberación, votación y fallo de este recurso de apelación tuvo lugar el 20 de julio de 2010.

CUARTO

En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Con fecha 12 de febrero de 2009 el Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Logroño dictó una sentencia por la que se estimó la demanda presentada por la mercantil "Fotocromia Lineal S.L." frente a la sociedad "Ladrillo Azul S.L.".

Contra la referida sentencia se presentó recurso de apelación por la representación procesal de la demandada interesando la revocación de la sentencia y la...

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