ATS, 7 de Septiembre de 2010

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
ECLIES:TS:2010:9951A
Número de Recurso2/2010
ProcedimientoCASACIóN
Fecha de Resolución 7 de Septiembre de 2010
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a siete de Septiembre de dos mil diez. I. HECHOS

  1. - La representación procesal de "BOOMERANG TV, S.A." y Dª. Gracia presentó el día 26 de noviembre de 2009 escrito de interposición de recurso de casación, contra la Sentencia dictada, con fecha 16 de septiembre de 2009, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 13ª), en el rollo de apelación nº 164/2009, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 666/2007 del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de los de Alcobendas.

  2. - Mediante Providencia de 11 de diciembre de 2009 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes.

  3. - El Procurador D. Manuel Lanchares Perlado, en nombre y representación de "ANTENA 3 DE TELEVISIÓN, S.A.", y la procuradora Dª. Ana María Ariza Colmenarejo, en nombre y representación de Dª. Rafaela, presentaros escritos ante esta Sala el 4 de enero de 2010, personándose en concepto de partes recurridas, al tiempo que la procuradora Dª. Laura Lozano Montalvo, en nombre y representación de "BOOMERANG TV, S.A." y Dª. Gracia, presentó escrito el día 14 de enero de 2010, personándose en concepto de parte recurrente .

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Francisco Marin Castan, a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de "BOOMERANG TV, S.A." y Dª. Gracia, al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000, entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado por la representación de "BOOMERANG TV, S.A." y Dª. Gracia, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala, para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA 1.- ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de "BOOMERANG TV, S.A." y Dª. Gracia contra la Sentencia dictada, con fecha 16 de septiembre de 2009, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 13ª), en el rollo de apelación nº 164/2009, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 666/2007 del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de los de Alcobendas.

  1. - Y entréguese copia de los escritos de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala, para que formalicen su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

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