STSJ Galicia 2222/2010, 7 de Mayo de 2010

PonenteEMILIO FERNANDEZ DE MATA
ECLIES:TSJGAL:2010:5329
Número de Recurso855/2007
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución2222/2010
Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2010
EmisorSala de lo Social

RECURSO SUPLICACION 0000855 /2007 IP

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS D./Dña.

ROSA Mª RODRIGUEZ RODRIGUEZ

EMILIO FERNANDEZ DE MATA

ALICIA CATALÁ PELLÓN

A CORUÑA, siete de mayo de dos mil diez.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0000855 /2007 interpuesto por Jesús María contra la sentencia del

JDO. DE LO SOCIAL nº 003 de OURENSE siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. EMILIO FERNANDEZ DE MATA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Jesús María en reclamación de DESEMPLEO siendo demandado SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000731 /2006 sentencia con fecha trece de Diciembre de dos mil seis por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

La parte demandante nacida el 13-2-50, con n° de afiliación a la Seguridad Social NUM000,

SEGUNDO

El actor solicitó. la concesíón de subsidio de. desempleo que fue denegada el 20-O-05 por superar las rentas que Percibe conjuntamente con su esposa de rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario, el 751 del SMI". Presentada la reclamación previa, fue desestimada el 16-9-06. TERCEROS- El demandante tuvo como ingresos en el 2005, 6,26 # como rendimientos mobiliarios' y 81,48# por rentas imputables y 6.l91,40 # de rendimientos de trabajo por prestación de desempleo, Mientras que su esposa percibió como rendimiento de capital mobiliario la cantidad de 10.526,51 # y 81,48 # de rentas imputables.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que desestimando la demanda interpuesta por Jesús María contra el SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, no ha lugar a establece el subsidio de desempleo para mayores de 52 años

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia desestima la demanda y absuelve a la entidad demandada de las pretensiones ejercidas en su contra.

Frente a este pronunciamiento se alza la parte actora, interponiendo recurso de suplicación e interesando la revocación de la sentencia y que se dicte otra por la que se estime la demanda y se declare el derecho del actor a percibir el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, condenando a las entidades demandadas a que se lo abonen en cuantía del 75% del salario mínimo interprofesional vigente en cada momento, con efectos económicos de 13.02.06.

SEGUNDO

Para ello, sin instar la modificación del relato fáctico de la sentencia y con amparo procesal en el artículo 191.c) de la Ley de Procedimiento Laboral, señala que se ha infringido, por interpretación errónea el artículo 215.1.3 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/94 de 20-6, en relación con el artículo 215.1.1 del mismo texto legal, argumentando que si bien se considera que el actor supera dicho tope, al imputarle la mitad de los ingresos de su esposa, derivados del capital mobiliario e inmobiliario, por entender que se trata de bienes gananciales, tesis que no puede compartirse, porque el matrimonio se encuentra acogido al régimen de separación de bienes.

De la lectura del expediente administrativo, la demanda y el propio acta de juicio, no se deduce en modo alguno que la parte hubiera invocado, a los efectos de la obtención del subsidio de desempleo para mayores de 52 años que no le eran computables, a los efectos de la obtención de la prestación, la mitad de los rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario de su esposa, por estar casados en régimen de separación de bienes, por lo que no constando dicho extremo en los hechos probados de la sentencia, ni habiendo...

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