STSJ Comunidad de Madrid 422/2010, 25 de Junio de 2010

PonenteFATIMA BLANCA DE LA CRUZ MERA
ECLIES:TSJM:2010:11264
Número de Recurso1127/2006
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución422/2010
Fecha de Resolución25 de Junio de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.4

MADRID

SENTENCIA: 00422/2010

PROC. SR./A D./ÑA. JULIAN CABALLERO AGUADO

PROC. SRA. AGULLA LANZA

A. E.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección 4ª

RECURSO Nº 1127/2006

PONENTE ILMO/A. SR/A. D/ÑA. FATIMA DE LA CRUZ MERA

S E N T E N C I A Nº 422/2010

Presidente Ilmo. Sr.

D. Alfonso Sabán Godoy

Magistrados Ilmos. Sres.

D. Carlos Vieites Pérez

D. Gervasio Martín Martín.

Dª Margarita Pazos Pita

Dª. FATIMA DE LA CRUZ MERA

En Madrid a veinticinco de junio de dos mil diez.

Visto por la Sala del margen el recurso nº 1127/2006 interpuesto por el Proc. Sr./a. Caballero Aguado en nombre y representación de D. Iván, D. Pascual, D. Jose Francisco, D. Adrian contra contra la Resolución de 29 de mayo de 2006 del Ministerio de Fomento. Y como Codemandado la Proc. Sra. Agulla Lanza en nombre y representación de AENA.

Habiendo sido parte la Administración General del Estado representada por sus servicios jurídicos. La cuantía del recurso es superior a 150.000#.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y recibido el expediente administrativo, fue emplazada la parte recurrente para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que, tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.SEGUNDO.- La representación procesal de la parte demandada y codemandada contestaron a la demanda mediante escritos en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimaron aplicables, terminaron pidiendo la desestimación del presente recurso. TERCERO.- Recibido el pleito a prueba, se practicaron las propuestas, con el resultado que obra en autos.CUARTO.- Dado traslado a las partes por su orden para conclusiones, las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

QUINTO

Con fecha 17 de junio de 2010 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo./a Sr./a D./ña. FATIMA DE LA CRUZ MERA.

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso administrativo la Resolución de 29 de mayo de 2006 del Ministerio de Fomento denegatoria de la solicitud de los recurrentes de comparecencia y levantamiento de acta de ocupación y pago respecto a una cabeza de buey de pasto en el Prado de Dos Casas, expropiado parcialmente en el proyecto "Aeropuerto de Madrid- Barajas. Expropiación de terrenos necesarios para el desarrollo del Plan Director. 2ª Fase. Clave 37/AENA/00".

Sostienen los recurrentes que en su condición de titulares de una cabeza de buey de pastos (en la proporción y en virtud de los títulos que refieren en su escrito de demanda), aquélla fue omitida en el procedimiento expropiatorio, habiéndose levantado actas previas a la ocupación y pago de determinadas cabezas, correspondientes a otros propietarios y no respecto a ellos. Añaden que la cabeza de buey de pastos es una comunidad de bienes de tipo romano, indivisible, lo que impide que se les deniegue su condición de titulares afectados por la expropiación, y que la Administración, al haber actuado de otra forma con otros propietarios, va en contra de sus propios actos, infringiendo el principio de igualdad y prescindiendo del...

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