SAP Madrid 191/2010, 16 de Julio de 2010
Ponente | PEDRO MARIA GOMEZ SANCHEZ |
ECLI | ES:APM:2010:11129 |
Número de Recurso | 130/2010 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 191/2010 |
Fecha de Resolución | 16 de Julio de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 28ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 28
MADRID
SENTENCIA: 00191/2010
AUDIENCIA PROVINCIAL SECCION 28
MADRID
t6
C/GRAL. MARTINEZ CAMPOS 27
Tfno: 914931988/9 Fax: 914931996
Rollo: RECURSO DE APELACION 130/2010
Proc. Origen: 159/2007
Órgano Procedencia: Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Madrid
Recurrente: FORUM FILATELICO
Procurador: D. RAMON RODRIGUEZ NOGUEIRA
Abogado: D. JESUS CASTRILLO ALADRO
Recurrida: Dª. Belen Procurador: GEMA MARTIN HERNANDEZ
Abogado: D. JOSE CELESTINO MANEIRO AMIGO
S E N T E N C I A Nº 191/2010
ILMOS. SRS. MAGISTRADOS
D. ÁNGEL GALGO PECO
D. ALBERTO ARRIBAS HERNÁNDEZ
D. PEDRO MARÍA GÓMEZ SÁNCHEZ
En Madrid, a 16 de julio de 2010.
La Sección Vigésimo Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, especializada en materia mercantil, integrada por los Ilustrísimos Señores Don ÁNGEL GALGO PECO, Don ALBERTO ARRIBAS HERNÁNDEZ y Don PEDRO MARÍA GÓMEZ SÁNCHEZ, ha visto el recurso de apelación bajo el número de Rollo 130/10 interpuesto contra la Sentencia de fecha 26 de octubre de 2007 dictado en el proceso número 159/2007 seguido ante el Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid.
Han sido partes en el recurso, como apelante, la demandada, siendo apelada la parte demandante, ambas representadas y defendidas por los profesionales más arriba especificados.
Es magistrado ponente Don PEDRO MARÍA GÓMEZ SÁNCHEZ.
Las actuaciones procesales se iniciaron mediante demanda presentada con fecha 29 de enero de 2007 por la representación de Belen contra FORUM FILATELICO, en la que, tras exponer los hechos que estimaba de interés y alegar los fundamentos jurídicos que consideraba apoyaban su pretensión, suplicaba que: " . dicte sentencia estimatoria de la demanda mediante la que: Declare la resolución de la relación contractual litigiosa por incumplimiento de la concursada posterior a la declaración del concurso, condenando a los demandados a estar y pasar por dicha declaración y a restituir a mi representada la totalidad de sus aportaciones ascendentes a 11.539,44 euros, así como a los daños y perjuicios ascendentes a 2.585,90 euros y a los intereses legales de demora al tipo del interés legal del dinero sobre las referidas cantidades desde la presentación de la demanda. Cumulativamente y tanto para si se estima como si se desestima lo anterior, que con estimación de la impugnación de la lista de acreedores por indebida calificación del crédito de mi representada, se declare que dicho crédito (ascendente a 11.539,44 euros más 2.585,90 euros) tiene la consideración de crédito contra la masa, condenando a las demandadas a estar y pasar por dicha declaración y a proceder a su pago con arreglo al art. 154 LC . Todo ello con imposición de condena en costas a las demandadas".
Tras seguirse el juicio por los trámites correspondientes, el Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid dictó sentencia con fecha cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: "Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador Sra. Martín Hernández en nombre y representación de Dª. Belen frente a la administración concursal y Forum Filatélico, S.A. representado por el Procurador Sr. Rodríguez Nogueira, debo no haber lugar a resolver por incumplimiento el contrato que liga la demandante con la concursada e igualmente debo declarar no haber lugar a modificar la cuantía y calificación del crédito del demandante, todo ello sin hacer expresa condena en costas".
Notificada dicha resolución a las partes litigantes, por la representación de la demandada se interpuso recurso de apelación que, admitido por el Juzgado y tramitado en legal forma, ha dado lugar a la formación del presente rollo que se ha seguido con arreglo a los trámites de los de su clase.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones...
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