AAP Barcelona 15/2010, 26 de Enero de 2010

PonentePASCUAL MARTIN VILLA
ECLIES:APB:2010:207A
Número de Recurso830/2009
ProcedimientoINCIDENTE
Número de Resolución15/2010
Fecha de Resolución26 de Enero de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 12ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCION 12ª

Rollo nº 830/2009- R

A U T O Núm. 15/10

ILMOS. SRES.

DON JUAN MIGUEL JIMENEZ DE PARGA GASTON

DON PASCUAL MARTIN VILLA

DON PAULINO RICO RAJO

En Barcelona a veintiseis de enero de dos mil diez. HECHOS

Primero

El presente rollo se formó en virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra el auto dictado con fecha treinta de diciembre de dos mil ocho por el JUZGADO INSTRUCCIÓN 2 VIC en autos PREVIAS 983/2008 seguidos a instancia de D/Dª Olegario Y Aurora contra Dª Guillerma y cuya parte dispositiva de dicho auto, dice: "Acuerdo con carácter cautelar y urgente privar a Guillerma del ejercicio de la patria potestad respecto de Aurora y Ángel .- Acuerdo remitir a la DGAIA copias del presente auto, del dictado el 2 de noviembre de 2007 en el procedimiento de Diligencias Urgentes núm. 92/07, de la denuncia que ha dado lugar a este procedimiento, de la declaración judicial de la menor en este procedimiento y del informe de su examen por el Médico Forense; y ello a efecto de que valoren declarar a los menores en situación de desamparo y asumir su tutela ". Con la intervención del MINISTERIO FISCAL.

Segundo

Remitidos los autos a esta Audiencia, se turnaron a esta Sección; habiéndose celebrado la deliberación y fallo del recurso el día catorce de octubre de dos mil nueve.

VISTO siendo Ponente el Magistrado Ilmo. D. PASCUAL MARTIN VILLA.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

No se aceptan los fundamentos de derecho de la resolución recurrida, que deben quedar sustituidos por los que a continuación se expresan con este mismo carácter, y

PRIMERO

Por el Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción núm. 2 de Vic se dictó Auto en fecha 30 de Diciembre de 2008 en las Diligencias Previas núm. 983/2008, mediante el que acordó con carácter cautelar y urgente privar a Doña Guillerma de la custodia y del ejercicio de la patria potestad respecto de sus dos hijos; acordando asimismo remitir a la DEGAIA copias de dichas resolución, del Auto dictado el 2 de Noviembre de 2007, de la denuncia que dio lugar al procedimiento, de la declaración judicial de la menor y del informe de su examen por el Médico Forense, y ello a los efectos de que valoren declarar a los menores en situación de desamparo y asumir su tutela.

Contra dicha resolución se alzó Doña Guillerma, interesando su revocación y que la misma fuese...

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