RESOLUCION de 27 de agosto de 2002, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se autoriza la instalación de una línea AT 220 kV D/C, con origen en el apoyo núm. 80 de la línea 220 kV Santiponce-Quintos y final en la subestación don Rodrigo (Expte. DP Sevilla 223904. RAT 101389. (PP. 592/2003).

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE EMPLEO Y DESARROLLO TECNOLOGICO
Rango de LeyResolución

RESOLUCION de 27 de agosto de 2002, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se autoriza la instalación de una línea AT 220 kV D/C, con origen en el apoyo núm. 80 de la línea 220 kV Santiponce-Quintos y final en la subestación don Rodrigo (Expte. DP Sevilla 223904. RAT 101389.(PP. 592/2003).

ANTECEDENTES DE HECHO Primero. La empresa Compañía Sevillana de Electricidad I, S.A., con domicilio en la Avda. de la Borbolla, núm. 5, Sevilla, solicitó con fecha 28 de junio de 2000 en la Delegación Provincial de Sevilla, Autorización Administrativa para realizar la instalación de una línea A.T. 220 kV, D/C con origen en el apoyo núm. 80 de la línea A.T. 220 kV «Santiponce-Quintos» y final en la subestación «Don Rodrigo».

Segundo. De acuerdo con la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, el artículo 9 del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, que regula el procedimiento para el otorgamiento de Autorización Administrativa en materia de instalaciones eléctricas, así como el artículo 20 del Decreto 292/1995, de 1 de diciembre de la Junta de Andalucía que aprueba el Reglamento de Impacto Ambiental, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en BOJA núm. 66 de fecha 9 de junio de 2001 y en BOP de Sevilla núm. 119 de 25 de mayo de 2001.

Tercero. Consta en el expediente declaración de impacto ambiental favorable emitido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Sevilla de fecha 4 de marzo de 2002, que se publicó en BOP de Sevilla núm. 95 de fecha 26 de abril de 2002.

FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero. Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, es competente para conceder la solicitada Autorización Administrativa, de acuerdo con el Título I, artículo 13.14 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, que regula el procedimiento para el otorgamiento de autorización administrativa en materia de instalaciones eléctricas, Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 6/2000, de 28 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías, y Decreto 244/2000, de 31 de mayo, sobre Estructura Orgánica de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

Segundo. El procedimiento para la obtención de Autorización Administrativa de instalaciones eléctricas esta regulado en los artículos 8.º y siguientes del Decreto 2617/1966,

de 20 de octubre en virtud de la Disposición Transitoria Primera de la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico.

Vistos los preceptos legales...

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