STSJ Andalucía , 23 de Mayo de 2000
Ponente | MIGUEL CORONADO BENITO |
ECLI | ES:TSJAND:2000:7710 |
Número de Recurso | 2868/1999 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 23 de Mayo de 2000 |
Emisor | Sala de lo Social |
Recurso nº 2868/99 (A)
Iltmo. Señores:
D. MIGUEL CORONADO DE BENITO, Presidente D. MAXIMILIANO DOMÍNGUEZ ROMERO Dª Mª ELENA DÍAZ ALONSO En Sevilla, a veintitrés de mayo de dos mil. La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA NÚM. 1834/00 En el Recurso de Suplicación interpuesto por Virginia contra la Sentencia del Juzgado de lo Social nº
DOS de los de SEVILLA , Autos nº 881/98; ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. MIGUEL CORONADO DE BENITO, Magistrado.
Según consta en autos se presentó demanda por la recurrente contra el SERVICIO ANDALUZ DE SALUD, se celebró el Juicio y se dictó Sentencia el veinticuatro de mayo de mil novecientos noventa y nueve, por el Juzgado de referencia , en la que no se estimó la demanda.
En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:
""1. - Dª Virginia , presta servicios para el S.A.S. como personal estatutario, con categoría profesional de Auxiliar de Enfermería por nombramiento de interino vacante de fecha 1-3-95, adscrita al Área Hospitalaria Virgen Macarena de Sevilla, desde el 5-6-95, en el Centro de Especialidades Macarena (San Jerónimo) en plaza vacante de dicho centro hasta el 16-10-98, que fue trasladada al H.U. Virgen Macarena.
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- La actora presentó el 7-7-98 para que le fuesen reconocidos 1.214 días de servicios prestados en el Hospital Psiquiátrico y de San Lázaro, dependientes de la Diputación de Sevilla hasta que se traspasaron competencias y en materia de salud a la Junta de Andalucía.
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- Por resolución de 14-10-98, al Director Gerente del H.U. Virgen de La Macarena, hecha pública en el tablón de anuncios el 15-10-98 aprobando la baremación definitiva de los servicios reconocidos a efectos de criterios de desplazamiento del personal que ocupa plazas de carácter provisional.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, que fue impugnado de contrario.
Según se declara probado y no se combate la actora vino prestando servicios como Auxiliar de Enfermería en el Hospital Miraflores, dependiente de la Diputación Provincial de Sevilla pasando a depender del Servicio Andaluz de Salud desde el 1-01-91 como consecuencia de la integración en dicho servicio de los Hospitales hasta entonces dependientes de la Diputación; en la demanda origen de estos autos la actora reclama que, a los efectos de la Resolución de 23 de abril de 1998, sobre reubicación, además de los servicios prestados para el Servicio Andaluz de Salud desde el 1-01-91, que tiene reconocidos, se le reconozcan también los 1.214 días prestados para la Diputación con anterioridad a dicha fecha.
Como la sentencia le haya sido adversa la recurre en suplicación denunciando, en motivo único, infracción del artículo 2º de la referida Resolución del SAS de 23-04-98, de los artículos 7,8 y 9 de la Orden de 6-06-90 y arts. 44 y 50 de la Ley...
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