STSJ Comunidad Valenciana , 25 de Noviembre de 2000

PonenteJOSEFINA SELMA CALPE
ECLIES:TSJCV:2000:9049
Número de Recurso2154/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Rº núm: 2154/96 S E N T E N C I A N º 1620 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Iltmos. Sres.:

Presidente D. SALVADOR BELLMONT MORA Magistrados D. .MARIANO AYUSO RUIZ TOLEDO Dª JOSEFINA SELMA CALPE En Valencia, a veinticinco de noviembre de dos mil. Visto por la Sección PRIMERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo núm. 2154/96, promovido por el Procurador D. Jesús Rivaya Carol, en nombre y representación de TELEFONICA DE ESPAÑA, S.A, contra la resolución de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Quart de Poblet de 6 de junio de 1996 por la que se desestimó la solicitud de indemnización por daños causados en las instalaciones de la Compañía Telefónica, habiendo sido parte en autos la Administración demandada representada por el Procurador D. Jesús Quereda Palop

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido en el art. 78 de la Ley de la Jurisdicción, y verificado quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señala la votación para el día veinticuatro de noviembre del corriente año, teniendo así lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes concordantes y de general aplicación.

Siendo Ponente el Magistrado Ilma. Sra. Dª JOSEFINA SELMA CALPE.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo se ha interpuesto contra la resolución de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Quart de Poblet de 6 de junio de 1996 por la que se acordó desestimar la reclamación de indemnización por daños causados en las instalaciones propiedad de la actora sitas en Quart de Poblet, c/ DIRECCION000 , frente al nº NUM000 , consistentes en la rotura de un cable de 600 pares que discurría enterrado por la citada calle.

SEGUNDO

En el Informe del Arquitecto Técnico Municipal de 25 de julio de 1995 obrante en el expediente administrativo se hace constar lo siguiente:

"2.- Tras visita de inspección ocular a la calle anteriormente mencionada (DIRECCION000) se observa que la Brigada Municipal de Obras se encuentra realizando unas catas en la acera y calzada al objeto de localizar una fuga de la red de abastecimiento de agua potable.

  1. - En la comprobación efectuada se constata que la manguera presurizada que contiene todas las líneas de teléfono, ha sido picada, sin que aparentemente presenten daños las líneas interiores.. La tarde del día 20 la empresa suministradora procede a realizar una reparación provisional de la manguera afectada.

  2. - Asimismo en visita conjunta por parte del Técnico informante y el inspector de telefónica a las 9'30 h. de la mañana del día 21 de julio queda de manifiesto que en un tramo de aproximadamente 1'80 m. la manguera presurizada carece de tubo protector de hormigón y que en su lugar se encuentran unos ladrillos cerámicos huecos sobre la misma sin existencia de arco de descarga de hormigón o protección análoga contra las cargas móviles. (Dado que el trazado discurre por calzada, a 50 cm del bordillo, y su escasa profundidad, aproximadamente 50 cm del nivel de rodadura, tal y como se refleja en croquis y...

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