STSJ Comunidad Valenciana , 10 de Febrero de 2000

PonenteFRANCISCO JOSE PEREZ NAVARRO
ECLIES:TSJCV:2000:1004
Número de Recurso4152/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución10 de Febrero de 2000
EmisorSala de lo Social

Recurso contra Sentencia núm. 4.152/99 Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro Presidente Ilmo. Sr. D. Manuel José Pons Gil Ilmo. Sr. D. Jaime Yanini Baeza En Valencia, a diez de Febrero de dos mil La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA N° 482 de 2.000 En el Recurso de Suplicación núm. 4.152/99, interpuesto contra la sentencia de fecha 22 de Septiembre de 1.999, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 10 de Valencia, en los autos núm. 302/99 , seguidos sobre Libertad Sindical, a instancia de Juan Ramón , a quien asiste la Letrada Dª. Juana Cebrian Ferrer, CONFEDERACIÓN SINDICAL DE COMISIONES OBRERAS DEL PAIS VALENCIANO, representado por la Letrada Dª. Juana Cebrian Ferrer, Donato y Oscar , a quien asiste la Letrada Dª.

Paloma de la Hoz Martínez, contra SODEXHO ESPAÑA, S.A., representada por el Letrado D. Fermín Guardiola Madera, y en los que es recurrente la citada demandada, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 22 de Septiembre de 1.999 , dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que estimando la demanda instada por Juan Ramón Confederación Sindical de Comisiones Obreras del País Valenciano, Donato y Oscar , contra Sodexho España, S.A. debo declarar la nulidad radical de la conducta de la demandada por vulneración del derecho de huelga, condenando a la demandada a estar y pasar por esta declaración y a abonar en concepto de indemnización la cantidad de 200.000 ptas. absolviendo a la demandada del resto de las pretensiones frente a la misma formuladas.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"1.- En fecha 4-3-99, el Comité de Empresa de la demandada SODEXHO ESPAÑA, S.A. dedicada a la actividad de hostelería: Comedores colectivos de la empresa Ford España, S.A. entre otras -, comunicó a la Dirección de la demandada y a la Dirección Territorial de la Conselleria, D'Ocupación Industria y Comerc. La convocatoria de huelga de toda la plantilla para el 11-3-99 en toda la plantilla para el 11-3-99 en todos los turnos durante las horas de 0 a 24 h. 2.- En fecha 9-3- 99, se levantó Acta ante el Tribunal de Arbitraje Laboral de la Comunidad Valenciana, al que compareciendo representantes de la empresa demandada y del Comité de Empresa, que concluyó sin acuerdo. 3.- En fecha 10-3-99, reunidos el Comité de Huelga y la Dirección de la empresa demandada, esta expuso que al día 11 daría un servicio restringido de comida:

plato frío, pan postre y agua, entendiendo que el servicio mínimo debía su: - Comedores montaje, Motores y Carrocería: 3 personas turno de mañana y 3 en el de tarde. - Comedores de Prensa, Tapicerías y Pinturas:

2 personas en turno de mañana y 2 en el de tarde. - Comedor de Recambio: 1 persona en turno de mañana y 1 en el de tarde - Comedor de Oficinas: 2 personas en turno de tarde. El Comité de Huelga expuso que "los servicios mínimos en hostelería, al no ser un sector esencial, el único servicio mínimo pertinente seria solamente la vigilancia de instalaciones y mantenimiento, según marca la legislación vigente por la que solo estarían afectadas las dos personas de mantenimiento. Y en ningún caso entrarían en servicios mínimos personal para realizar el trabajo habitual de producción".

El acto concluyó. 4.- Mediante escrito de 10-3-99 la demandada comunicó al Comité de Huelga los 20 trabajadores incluidos en servicios mínimos. 5.- El día 11-3-99, de una plantilla aproximada de 160 trabajadores, 90 ejercieron su derecho de huelga y 41 no lo ejercieron. 6.- El día 11-3-99, la demandada sirvió en los Comedores de la Factoría, un único tipo de menú mini-frío, compuesto por fiambres, bocadillo, pan postre y agua, que era colocado en los mostradores y cobrado. Se sirvieron sobre 2.719 menús mini. 7.- Mediante la hoja de...

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