STSJ Galicia 104/2010, 11 de Febrero de 2010

PonenteJOSE MARIA ARROJO MARTINEZ
ECLIES:TSJGAL:2010:1760
Número de Recurso4113/2008
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución104/2010
Fecha de Resolución11 de Febrero de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.2

A CORUÑA

SENTENCIA: 00104/2010

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0004113/2008

EN NOMBRE DEL REY

La Sección 002 de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha

pronunciado la

SENTENCIA

Ilmos. Sres. D.

JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA

JOSE MARIA ARROJO MARTINEZ

CRISTINA MARIA PAZ EIROA

A CORUÑA, once de Febrero de dos mil diez.

En el recurso contencioso-administrativo 0004113 /2008 que pende de resolución en esta Sala, interpuesto por

COMUNIDAD MONTES VECINALES EN MANO COMUM PARROQUIA DE LOUREDO, representada por el Procurador D. JOSE ANTONIO CASTRO BUGALLO y dirigida por la Letrada Dña. EVA COMESAÑA BASTERO, contra resolución de la C.P.T.O.P.T., de 5 de diciembre de 2007, desestimatoria del recurso de alzada formulado contra la Resolución del Director Xeral de Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas e Transportes de fecha 18 de octubre de 2006 por la que se acuerda conceder a Dª. Virginia autorización previa a la concesión de licencia municipal para la plantación de 7 has. de viñedo para vinificación en Louredo. Es parte demandada LA CONSELLERIA DE POLITICA TERRITORIAL, OBRAS PUBLICAS E TRANSPORTE, representada y dirigida por el Letrado de la Xunta de Galicia y Dª. Virginia, representada y dirigida por el Procurador D. ANTONIO PARDO FABEIRO y dirigida por la Letrada, Dª. MARTA GRADIN DAGA. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujese demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, solicitó se dictase sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a las demandadas para contestación, se presentaron escritos de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimaron procedentes, y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Finalizado el trámite, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día 4 de Febrero de 2010.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Es Ponente el...

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