SAP Cádiz 42/2010, 9 de Febrero de 2010

PonenteJOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES
ECLIES:APCA:2010:103
Número de Recurso517/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución42/2010
Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CADIZ

SECCION SEGUNDA

S E N T E N C I A NÚM. 42

Ilustrísimos Señores:

PRESIDENTE

D. JOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES

MAGISTRADOS

Dª. MARGARITA ALVAREZ OSSORIO BENÍTEZ

D. ANTONIO MARÍN FERNÁNDEZ

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 4 DE CÁDIZ

JUICIO ORDINARIO 862/08

ROLLO DE SALA Nº 517/09

En Cádiz a nueve de febrero de dos mil diez.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Cádiz, integrada por los Ilmos. Sres. reseñados al margen, ha visto el Rollo de apelación de la referencia, formado para ver y fallar la formulada contra la Sentencia dictada por el citado Juzgado de Primera Instancia y en el Juicio Ordinario 862/08 referido.

Ha comparecido como apelante el Procurador Antonio Medialdea Wandossell en nombre y representación de la empresa Goncava, SL, bajo la dirección jurídica del Letrado Jaime Jiménez Mateo. Constando como parte apelada la Procuradora María de la O Noriega Fernández en nombre y representación de Doña Encarna y Doña María y bajo la dirección jurídica del Letrado Juan J. Canoura Cerezo

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don JOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES, conforme al turno establecido.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia Número cuatro de Cádiz se dictó Sentencia el 25 de junio de 2009 en el procedimiento del margen, cuyo Fallo es del tenor siguiente:

Que desestimando la demanda formulada por la representación procesal de Goncava S.L contra Doña Encarna y Doña María debo absolver y absuelvo a las demandadas de las pretensiones formuladas en su contra con expresa condena en costas a la parte actora.

SEGUNDO

Preparado recurso de apelación por la representación procesal del demandante Goncava, SL contra la Sentencia de instancia, fue emplazada para que en plazo de veinte días lo interpusiera, lo que así hizo, dándose traslado a la actora por diez días, presentando escrito de oposición las demandantes Doña Encarna y Doña María, siendo emplazadas las partes por treinta días para ante esta Audiencia Provincial. Una vez recibidas las actuaciones en la Audiencia Provincial, se turnaron a esta Sección, acordándose la formación del oportuno Rollo para conocer del recurso y la designación de Ponente, Providencia notificada a las partes. No solicitada prueba ni vista, que no se consideró necesaria, se reunió la Sala al efecto en el día de hoy, conforme a lo señalado, produciéndose la deliberación y votación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Juez desestima la demanda de resolución de contrato por desocupación de la vivienda arrendada, interponiendo recurso de apelación la parte demandante que lo fundamenta en una errónea valoración de prueba.

SEGUNDO

Corresponde a la parte demandante, conforme al artículo 217...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR