SAP Barcelona 140/2010, 25 de Febrero de 2010
Ponente | MARIA JOSE PEREZ TORMO |
ECLI | ES:APB:2010:2874 |
Número de Recurso | 882/2009 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 140/2010 |
Fecha de Resolución | 25 de Febrero de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 18ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN DIECIOCHO
ROLLO Nº 882/2009
PROCEDIMIENTO INCAPACITACIÓN Nº 403/2008
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 2 DE VIC
S E N T E N C I A Nº 140/2010
Ilmos. Sres.
Dª. MARGARITA NOBLEJAS NEGRILLO
Dª. Mª JOSÉ PÉREZ TORMO
Dª. DOLORS VIÑAS MAESTRE
En la ciudad de Barcelona, a veinticinco de febrero de dos mil diez.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Dieciocho de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Incapacitación nº 403/2008, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Vic, a instancia de Dª. Daniela contra D. Edemiro y el MINISTERIO FISCAL; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por ambas partes contra la Sentencia dictada en los mismos el día 16 de Febrero 2009, por el Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Delaro la INCAPACIDAD TOTAL de Edemiro para regir su persona y bienes de modo, y acuerdo rehabilitar la patria potestad sobre aquel en la persona de su madre Daniela que tendrá los deberes y derechos que le otorgan tal institución y con la obligación de solicitar a este juzgado autorización previa para tomar las decisiones que se recogen en el cuerpo jurídico de esta resolución.- Una vez sea firme esta resolución, líbrese mandamiento al Registro Civil en que conste inscrito el nacimiento de la persona incapacitada para que las decisiones adoptadas en esta resolución tengan acceso al mismo y comuníquese igualmente la incapacidad a la Oficina del Censo Electoral.- No se hace pronunciamiento sobre las costas".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora y Ministerio Fiscal mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso mediante escrito; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día VEINTITRES DE FEBRERO DE DOS MIL DIEZ. CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Mª JOSÉ PÉREZ TORMO.
Se rechazan los de la resolución apelada.
Recurre la Sra. Daniela la sentencia que ha declarado la incapacidad de su hijo Edemiro a pesar de que desistió del procedimiento instado por ella misma, desistimiento al que el Ministerio Fiscal no se opuso. Solicita en su recurso que se declare la nulidad de la sentencia dictada.
El Ministerio Fiscal apela asimismo la sentencia y solicita la nulidad de pleno derecho de...
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