SAP Barcelona 81/2010, 11 de Febrero de 2010

PonentePASCUAL MARTIN VILLA
ECLIES:APB:2010:1679
Número de Recurso798/2009
ProcedimientoVERBAL - COGNICIóN
Número de Resolución81/2010
Fecha de Resolución11 de Febrero de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 12ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DOCE

ROLLO Nº 798/2009 - B

MODIF. MEDIDAS SEPARACIÓN O DIVORCIO Nº 462/2008

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 2 DE CERDANYOLA DEL VALLÉS

S E N T E N C I A Nº 81/10

Ilmos. Sres.

D. JUAN MIGUEL JIMÉNEZ DE PARGA GASTÓN

D. PASCUAL MARTÍN VILLA

D. PAULINO RICO RAJO

En la ciudad de Barcelona, a once de febrero de dos mil diez

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Doce de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Modif. Medidas separación o divorcio nº 462/2009, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Cerdanyola del Vallés, a instancia de D. Isidoro incomparecido en esta alzada, contra Dª. Isidora representada por la Procuradora Dª. Ana Salinas Parra y dirigida por la Letrada Dª. Mª. Carmen Palacio Giralt; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 16 de Febrero de 2009, por la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimar parcialmente la demanda de modificación de medidas interesada por la representación procesal de Don Isidoro y aprobar la modificación de las medidas acordadas en el procedimiento de divorcio seguido ante este Juzgado con el nº 56/2003 en el sentido de reducir la pensión compensatoria reconocida a Doña Isidora a 90 EUR mensuales actualizables y abonables en la forma descrita en la sentencia de la AP dictada en el procedimiento aludido.

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 14 de Octubre de 2009. CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales, excepto el plazo para dictar sentencia.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. PASCUAL MARTÍN VILLA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se aceptan los fundamentos de derecho de la resolución recurrida, que deben quedar sustituidos por los que a continuación se expresan con ese mismo carácter, y

PRIMERO

Por la Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Cerdanyola del Vallés, se dictó Sentencia en fecha 16 de Febrero de 2009, en un procedimiento de modificación de medidas de una anterior sentencia de divorcio, cuyo único pronunciamiento acogió parcialmente la demanda en el sentido de reducir la pensión compensatoria reconocida a Doña Isidora a 90 euros mensuales, actualizables y abonables en la forma descrita en la sentencia de la AP dictada en el procedimiento anterior.

Por Doña Isidora se formuló el correspondiente recurso de apelación en el que interesó la revocación de la sentencia recurrida y que se declare en esta alzada no haber lugar a la minoración de la pensión compensatoria establecida. Don Isidoro se opuso a dicho recurso, interesando su desestimación y la confirmación de la sentencia dictada en el primer grado jurisdiccional.

SEGUNDO

Nos encontramos ante un procedimiento de modificación de...

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