SAP Barcelona 36/2010, 19 de Enero de 2010
Ponente | JOSE CARLOS IGLESIAS MARTIN |
ECLI | ES:APB:2010:614 |
Número de Recurso | 5/2010 |
Procedimiento | APELACIóN FALTAS |
Número de Resolución | 36/2010 |
Fecha de Resolución | 19 de Enero de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 2ª |
Audiencia Provincial de Barcelona
Sección Segunda
J. de Instrucción nº 5 de Santa Coloma de Gr. J. Faltas nº 277/08
Rollo de Apelación nº 5/10-C
SENTENCIA Nº 36
Ilmo Sr Magistrado
D. JOSE CARLOS IGLESIAS MARTIN
En Barcelona a diecinueve de enero de dos mil diez.
En nombre de S.M. el Rey, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona, constituida en tribunal unipersonal, ha visto en grado de apelación el Juicio de Faltas nº 277/2008 dimanante del Juzgado de Instrucción nº 5 de Santa Coloma de Gramanet, seguido por falta de lesiones, habiendo sido partes, en calidad de apelante, D. Baltasar, y en calidad de apelados, Dª Palmira, y el Ministerio Fiscal.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.
Con fecha 30 de marzo de 2009 y por el Juzgado de Instrucción nº 5 de Santa Coloma de Gramanet, se dictó sentencia en los autos de juicio de faltas nº 277/08, cuyo fallo se da aquí por reproducido, y previos los trámites legales se remitieron las actuaciones a la Audiencia Provincial de Barcelona para la resolución del recurso de apelación interpuesto contra la misma, correspondiendo por turno de reparto a esta Sección, habiéndose incoado el preceptivo rollo de Sala, en cuya tramitación se han observado las prescripciones legalmente previstas.
HECHOS PROBADOS
Se acepta el relato de hechos probados de la sentencia dictada en la instancia.
El examen del recurso articulado contra la sentencia de instancia permite colegir que el recurrente discrepa con la valoración de la prueba realizada, negando que hubiese ejecutado acto alguno que autorizase a condenarle como autor de una falta de lesiones, postulando el dictado de una sentencia absolutoria.
El recurso debe ser desestimado. Las conclusiones plasmadas en el factum del pronunciamiento apelado, lejos de ser fruto de una construcción arbitraria de la juzgadora, están basadas en prueba practicada en el juicio oral bajo el respeto a los principios de inmediación, contradicción, oralidad y publicidad que lo inspiran, concretamente en el testimonio de Dª Palmira, a la sazón víctima de los hechos, la cual relató haber sido agredida por el acusado D. Baltasar, quien la golpeó en el pecho, originándole un quebranto físico del que curó sin...
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