STSJ Asturias 272/2010, 17 de Marzo de 2010

PonenteJOSE MANUEL GONZALEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAS:2010:2062
Número de Recurso857/2007
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución272/2010
Fecha de Resolución17 de Marzo de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.ASTURIAS CON/AD (SEC.UNICA)

OVIEDO

SENTENCIA: 00272/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS

Sala de lo Contencioso-Administrativo

RECURSO: P.O. 857/07

RECURRENTE/S: D. Herminio

PROCURADOR/A: SRA. LOPEZ ALBERDI

RECURRIDO/S: CONSEJERIA DE SALUD Y SERVICIOS SANITARIOS DEL PRINCIPADO DE ATURIAS

PROCURADOR/A: SR. ALVAREZ FERNANDEZ

CODEMANDADO: MAPFRE EMPRESAS

PROCURADOR: SRA. RICHARD MILLA

SENTENCIA nº 272/10

Ilmos. Sres:

Presidente:

D. Julio Luis Gallego Otero

Magistrados:

D. Rafael Fonseca González

D. José Manuel González Rodríguez

En Oviedo, a diecisiete de marzo de dos mil diez.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 857/07, interpuesto por D. Herminio, representado por la Procuradora Dña. María Dolores López Alberdi, actuando bajo la dirección Letrada de Dña. Laura de Castro Martínez, contra la CONSEJERIA DE SALUD Y SERVICIOS SANITARIOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, representado por el Procurador D. Luis Alvarez Fernández, actuando bajo la dirección Letrada de Dña. Ana Martínez Castañon, y como parte codemandada, MAPFRE EMPRESAS, representado por la Procuradora Dña. Paz Richard Milla, actuando bajo la dirección letrada de D. Adolfo García Fanjul. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. José Manuel González Rodríguez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso, recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para que formalizase la demanda, lo que efectuó en legal forma, en el que hizo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia acogiendo en su integridad las pretensiones solicitadas en la demanda, y en cuya virtud se revoque la resolución recurrida, con imposición de costas a la parte contraria. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del recurso a prueba.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia, por la que desestimando el recurso se confirme el acto administrativo recurrido, con imposición de costas a la parte recurrente.

TERCERO

Conferido traslado a la parte codemandada para que contestase a la demanda lo hizo en tiempo y forma, solicitando se dicte sentencia con desestimación del recurso, confirmando la resolución recurrida, con imposición de costas al actor.

CUARTO

Por Auto de 29 de octubre de 2008, se recibió el procedimiento a prueba, habiéndose practicado las propuestas por las partes y admitidas, con el resultado que obra en autos.

QUINTO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se acordó requerir a las partes para que formulasen sus conclusiones, lo que hicieron en tiempo y forma.

SEXTO

Se señaló para la votación y fallo del presente el día 15 de marzo pasado en que la misma tuvo lugar, habiéndose cumplido todos los tramites prescritos en la ley.

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