STSJ Asturias 915/2010, 19 de Marzo de 2010

PonenteJORGE GONZALEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAS:2010:1307
Número de Recurso80/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución915/2010
Fecha de Resolución19 de Marzo de 2010
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 00915/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS

SALA DE LO SOCIAL (C/ SAN JUAN Nº 10 )

N.I.G: 33044 34 4 2010 0100082, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000080 /2010

Materia: DESPIDO

Recurrente/s: UNIVERSIDAD DE OVIEDO

Recurrido/s: Plácido

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de OVIEDO de DEMANDA 0000962 /2009

SENTENCIA Nº: 915/10

ILTMOS. SRES.

D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ

Dª CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ

D. LUIS CAYETANO FERNANDEZ ARDAVIN

En OVIEDO a diecinueve de Marzo de dos mil diez, habiendo visto el recurso de suplicación de los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Iltmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA En el RECURSO SUPLICACION 0000080/2010, formalizado por el Letrado IGNACIO GONZALEZ DEL REY, en nombre y representación de UNIVERSIDAD DE OVIEDO, contra la sentencia de fecha veintisiete de noviembre de dos mil nueve, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de OVIEDO en sus autos número DEMANDA 0000962/2009, seguidos a instancia de Plácido frente a UNIVERSIDAD DE OVIEDO, parte demandada, en reclamación de DESPIDO, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos del mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha veintisiete de noviembre de dos mil nueve por la que se estimaba parcialmente la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados figuran los siguientes:

  1. - Plácido, cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de su demanda, suscribió con la Universidad de Oviedo los siguientes contratos de trabajo:

    Contrato laboral docente e investigador. Tipo de contrato Eventuales por circunstancias de la producción tiempo parcial. Suscrito en fecha 1 de marzo de 2.005 para prestar servicios como profesor asociado LOU tipo 1, en el Área de Organización de empresas, departamento Administración de empresas y contabilidad, con una duración de 6 horas (18 semanales), con inicio el día 19 de febrero y finalización el 30 de mayo de 2.005. En la cláusula sexta de ese contrato se recogía que el presente contrato se regulará por lo dispuesto en la legislación vigente que resulte de aplicación y, particularmente, por los artículos 12 y 15 del Estatuto de los trabajadores, por la ley 12/2001 de 9 de julio. Así mismo le es de aplicación la ley orgánica 6/2.001 de 21 de diciembre de universidades. Como cláusula adicional se estableció que el contrato se extendía para atender las necesidades docentes originadas en el curso 2004/2005. El demandante cesó el día 30 de septiembre de 2.005.

    Contrato laboral docente e investigador. Tipo de contrato Eventuales por circunstancias de la producción tiempo parcial. Suscrito en fecha 13 de octubre de 2.005 para prestar servicios como profesor asociado LOU tipo 1, en el Área de Organización de empresas, departamento Administración de empresas y contabilidad, con una duración de 6 horas (18 semanales), con inicio el día 5 de octubre y finalización el 30 de septiembre de 2.006. En la cláusula sexta de ese contrato se recogía que el presente contrato se regulará por lo dispuesto en la legislación vigente que resulte de aplicación y, particularmente, por los artículos 12 y 15 del Estatuto de los trabajadores, por la ley 12/2001 de 9 de julio. Así mismo le es de aplicación la ley orgánica 6/2.001 de 21 de diciembre de universidades. Como cláusula adicional se estableció que el contrato se extendía para atender las necesidades docentes originadas en el curso 2005/2006. Ese contrato se suscribió tras haber participado y resultado seleccionado en el concurso público para la provisión de docencia vacante de 13 de julio de 2.005, publicado en el BOPA de 13 de agosto de

    2.005. No obstante la fecha prevista para el cese causó baja en ese contrato el día 31 de julio de 2.006, suscribiendo con efectos del día siguiente nuevo contrato, para prestar servicios en esta ocasión como profesor asociado LOU tipo 2, causando baja el día 30 de septiembre de 2.006.

    Contrato laboral docente e investigador. Tipo de contrato Tiempo parcial, duración determinada. Suscrito en fecha 29 de septiembre de 2.006 para prestar servicios como profesor asociado LOU tipo 2, en el Area de Organización de empresas, departamento Administración de empresas y contabilidad, con una duración de 3 horas (9 semanales), con inicio el día 1 de octubre y finalización el 30 de septiembre de

    2.007. En la cláusula sexta de ese contrato se recogía que el presente contrato se regulará por lo dispuesto en la legislación vigente que resulte de aplicación y, particularmente, por los artículos 12 y 15 del Estatuto de los trabajadores, por la ley 12/2001 de 9 de julio. Así mismo le es de aplicación la ley orgánica 6/2.001 de 21 de diciembre de universidades. Como cláusula adicional se estableció que el contrato se extendía para atender las necesidades docentes originadas en el curso 2006/2007. Tras haber informado favorablemente el Departamento de administración de empresas y contabilidad la renovación del contrato del actor, se acordó una primera prórroga, por necesidades docentes, que se extendió desde el 1 de octubre de 2.007 hasta el 30 de septiembre de 2.008. Tras nuevo informe del departamento favorable a la renovación y por las mismas necesidades docentes se acordó una segunda prórroga que se extendió desde el 1 de octubre de 2.008 hasta el 30 de septiembre de 2.009. Durante la vigencia de ésta última prorroga percibía un salario bruto diario, a efectos indemnizatorios, de 14,78 euros.

  2. - El día 20 de septiembre de 2.009 se envía un correo electrónico al actor comunicando su cese el día 30 de septiembre de 2.009. 3º.- En fecha 24 de junio del año en curso el Vicerrector remite comunicación al Departamento de administración de empresas solicitando la remisión de la relación nominal de los profesores contratados a los que se informa favorablemente su prórroga, que fue contestado en fecha 1 de julio, solicitando únicamente la renovación de Celso y de Hugo . En ese departamento, en el área de organización de empresas prestaba servicios además del actor Serafina, Romualdo, Covadonga y Pedro Francisco . Tras ello se convoca por Resolución de la Universidad de Oviedo de 24 de julio de 2.009 concurso público para la provisión de plazas de profesor asociado, ofertándose dos plazas para el Departamento de administración de empresas, área de organización de empresas, por necesidades docentes. A ese concurso se presentó el demandante, resultando seleccionados...

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