SAP Zaragoza 157/2010, 31 de Marzo de 2010
Ponente | EDUARDO NAVARRO PEÑA |
ECLI | ES:APZ:2010:490 |
Número de Recurso | 328/2009 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 157/2010 |
Fecha de Resolución | 31 de Marzo de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
ZARAGOZA
SENTENCIA: 00157/2010
R.328/09
SENTENCIA NÚMERO CIENTO CINCUENTA Y SIETE
Ilmos./a Señores/a:
Presidente:
D. Juan Ignacio Medrano Sánchez
Magistrado/a:
D. Eduardo Navarro Peña
Dª. María Jesús de Gracia Muñoz
En Zaragoza a treinta y uno de Marzo de dos mil diez.
VISTO por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los Magistrados/a del margen, el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en fecha 26 de Marzo de 2.009 por el Juzgado de Primera Instancia número Diecinueve de los de esta Ciudad en autos de Juicio Ordinario seguidos con el número 227/07, sobre acciones declarativas de derechos y condena de hacer, de que dimana el presente Rollo de apelación número 328/09, en el que han sido partes, apelante, los demandantes D. Miguel Ángel, D. Apolonio, Dª. Margarita, Dª. Piedad, Dª. Tania, D. Cesareo, D. Enrique
, D. Fulgencio, Dª. Alicia y Dª. Carlota, representados por el Procurador D. Luis Gallego Coiduras y asistidos por el Letrado D. Alfredo Sánchez- Rubio García,y apelada, los demandados, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CASA SITA EN C/ DIRECCION000 Nº NUM000, DE ZARAGOZA, representada por la Procuradora Dª. Natividad-Isabel Bonilla Paricio y asistida de la Letrada Dª. Elena López Ramón; Dª. Florencia y su esposo D. Marcial, Dª. Luisa y su esposo D. Raúl, Dª. Remedios y su esposo D. Victorino, Dª. María Dolores y su esposo D. Luis Pablo, Dª. Bárbara, Dª. Daniela, Dª. Filomena y su hijo D. Alvaro, Dª. Magdalena y su esposo D. Blas, representados todos ellos por el Procurador D. Pedro Bañeres Trueba y asistidos por el Letrado D. Joaquín Gimeno del Busto; D. Felicisimo, Dª. Vicenta, D. Inocencio y D. Manuel, representados por el Procurador D. Pedro-Luis Bañeres Trueba y asistidos por el Letrado D. José-Manuel García-Figueras Rodríguez, así como también los codemandados, no comparecidos en esta alzada, Dª. Bernarda, D. Remigio, Dª. Eloisa, Dª. Guadalupe y D. Víctor, Dª. Miriam y D. Luis Pedro, D. Adolfo, Dª. Florencia y D. Marcial, Dª. María Virtudes y D. Estanislao, allanados a la demanda, Dª. Edurne
, allanada a la demanda, D. Julián, D. Narciso y Dª. Marcelina, allanados a la demanda, D. Jose Miguel y Dª. Zaira, D. Juan Francisco y Dª. Apolonia, allanados a la demanda, y D. Anton, allanado a la demanda, siendo Ponente el Magistrado D. Eduardo Navarro Peña, que expresa el parecer de la Sala.
Se aceptan los correlativos de la sentencia recurrida; y
La anterior sentencia contiene la parte dispositiva siguiente: "FALLO.- 1º.- Desestimo la demanda interpuesta por D. Miguel Ángel, D. Apolonio, Dª. Margarita, Dº. Piedad, Dª. Tania, D. Cesareo,
D. Enrique, D. Fulgencio, Dª. Alicia y Dª. Carlota contra la Comunidad del propietarios del inmueble calle DIRECCION000 nº NUM000 de Zaragoza, absolviendo a ésta última de la pretensión deducida en su contra. 2º.- Condeno a los actores a abonar las costas procesales causadas."
Notificada dicha sentencia a las partes, la representación procesal de los demandantes preparó contra la misma recurso de apelación en tiempo y forma hábiles, y emplazada que fue para que lo interpusiera en legal forma, así lo efectuó mediante la formulación del correspondiente escrito, en el que expuso las alegaciones que tuvo por conveniente para fundamentarlo, solicitando se dictara sentencia por esta Sala, que acogiendo dicho recurso decretase la nulidad de las actuaciones, ordenando la retroacción de las mismas al momento de la audiencia previa, y, subsidiariamente, para el caso de que no se diere lugar a la nulidad impetrada y se entrase a conocer del fondo del recurso, revocase la sentencia de primera instancia, estimando íntegramente los pedimentos de su demanda.
Dado traslado de dicho recurso de apelación a las demás partes personadas, emplazándolas para que pudieran alegar lo que a su derecho conviniere en relación con el mismo e impugnar, en su caso, la sentencia apelada en lo que les resultase desfavorable, las representaciones procesales de la citada Comunidad de Propietarios, así como las de los también codemandados, Dª. Florencia y su esposo D. Marcial, Dª. Luisa y su esposo D. Raúl, Dª. Remedios y su esposo D. Victorino, Dª. María Dolores y su esposo D. Luis Pablo, Dª. Bárbara, Dª. Daniela, Dª. Filomena y su hijo D. Alvaro, y Dª. Magdalena y su esposo D. Blas, y D. Felicisimo, Dª. Vicenta, D. Inocencio y D. Manuel dedujeron sus respectivos escritos de oposición al mentado recurso de apelación, interesando su desestimación y la confirmación de la sentencia apelada, con expresa imposición a la parte apelante de las costas de esta alzada, tras de lo cual se remitieron los autos originales de dicho procedimiento a esta Audiencia Provincial, Sección Cuarta, con emplazamiento de las partes.
Recibidos que fueron dichos autos en fecha 30 de Junio de 2.009, se formó el presente Rollo de Sala, en el que se personaron la parte actora apelante y los codemandados que formularon en su momento escrito de oposición al referido recurso, y seguido aquel por sus trámites se señaló, finalmente, para la discusión y votación de dicho recurso de apelación el día 20 de Octubre de 2.009, en que tuvo lugar tal acto.
Se aceptan los correlativos de la sentencia apelada en cuanto no se opongan a los de la presente; y
Dª. Margarita, Dª. Piedad, D. Miguel Ángel, D. Enrique, Dª. Carlota, Dª. Tania, D. Apolonio, Dª. Alicia, D. Cesareo y D. Fulgencio, en su condición de propietarios, respectivamente, de las viviendas sitas en los pisos NUM001, NUM002, DIRECCION001, NUM003, NUM004, DIRECCION002, DIRECCION003, DIRECCION004, NUM005 y NUM006 de la casa nº NUM000 de la calle...
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