SAP Madrid 159/2010, 18 de Marzo de 2010

PonenteFERNANDO DELGADO RODRIGUEZ
ECLIES:APM:2010:5089
Número de Recurso983/2002
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución159/2010
Fecha de Resolución18 de Marzo de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 25ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 25

MADRID

SENTENCIA: 00159/2010

Fecha: 18 DE MARZO DE DOS MIL DIEZ

Rollo: RECURSO DE APELACION 983 /2002 -IMPUGNACIÓN DE TASACIÓN DE COSTASPonente: ILMO. SR. D.FERNANDO DELGADO RODRIGUEZ

Impugnante: GRAN VIA 34 S.A.

PROCURADOR: Debora

Impugnado: MADRILEÑA DE LAS HERAS Y CIA S.L.

PROCURADOR: ANA DÍAZ DE LA PEÑA LÓPEZ

Autos: LEY 1/2000 Nº 866/00

Procedencia: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.1 DE MADRID

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. FERNANDO DELGADO RODRIGUEZ

D. ÁNGEL LUIS SOBRINO BLANCO

D. CARLOS LÓPEZ MUÑIZ CRIADO

En MADRID, a dieciocho de marzo de dos mil diez.

La Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto el incidente sobre impugnación de costas promovido en esta instancia (Rollo de Sala núm.983/02), por la Procuradora Dª Debora en nombre y representación de GRAN VIA 34, S.A., siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. FERNANDO DELGADO RODRIGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 2 de abril de 2004, se dictó sentencia en el presente rollo de Sala por la que, entre otros extremos, se condenó al pago de las costas causadas en esta alzada a la parte apelante, MADRILEÑA DE LAS HERAS Y CIA., S.L.

SEGUNDO

Siendo firme la referida sentencia, por los Procuradores Sr. Vázquez Guillén y la Sra. Debora, que lo son de: ZARA ESPAÑA, S.A., y GRAN VIA 34, S.A. respectivamente, se solicitó que se practicase la oportuna tasación de costas, acompañando minuta de honorarios/nota de los derechos arancelarios.

TERCERO

Que practicada en forma la tasación de costas por el Secretario, se dio traslado de la misma a las partes en el tiempo legalmente prevenido, siendo presentado por la Procuradora Dª Debora escrito impugnando la referida tasación al no incluir determinadas partidas, la parte contraria, se opuso a la impugnación formulada, no habiendo solicitado ninguna de las partes el recibimiento a prueba, señalándose para deliberación votación y fallo del presente recurso el día 17 de marzo del año en curso.

CUARTO

En la tramitación de este incidente han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Lo que hay que dilucidar es cuál es la cuantía litigiosa del presente pleito. El objeto de la demanda, según se explicó en el fundamento de derecho primero de la sentencia recurrida en apelación, de 13 de mayo de 2002, del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Madrid, dictada en el presente juicio de cognición nº 366/2000, unida a los folios 535 a 543 de autos, en la que se estimó aquella demanda íntegramente, en el juicio de cognición nº 366/2000, que se confirmó por esta Sección en su sentencia nº 197/2004, de 2 de abril, folios 72 a 78 del presente rollo de apelación, consiste en que se declare que la arrendataria del local de negocio destinado a boîte, situado en el sótano del edificio ubicado en C/ GRAN VÍA nº 34 de Madrid, S.A., no tiene el derecho a establecer otra vía de evacuación del referido establecimiento, con vistas a ser utilizada como salida de emergencia, por lo tanto es aplicable la LEC de 1881, en cuanto a la determinación de la cuantía litigiosa para la primera instancia, y la LEC 1/2000 para la segunda, según las DDTT 2ª y 3ª, de ésta norma jurídica.

SEGUNDO

La determinación de la cuantía que ha de tenerse en cuenta, a los efectos de aplicar la limitación establecida en el artículo 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en el presente caso, ejercitándose una acción declarativa acerca del no derecho de la demandada: MADRILEÑA LAS HERAS Y CÍA, S.L., a establecer otra vía de evacuación del edificio sito en la C/ Gran Vía nº 34 de Madrid, con vistas a ser utilizada como salida de emergencia, por lo que en atención al criterio de la Audiencia...

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