SAP Alicante 275/2010, 23 de Marzo de 2010
Ponente | JULIO JOSE UBEDA DE LOS COBOS |
ECLI | ES:APA:2010:962 |
Número de Recurso | 242/2009 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 275/2010 |
Fecha de Resolución | 23 de Marzo de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Alicante, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN SEGUNDA
ALICANTE
Plaza DEL AYUNTAMIENTO,
Tfno: 965935956 - 965935957
Fax: 965935955
NIG: 03014-37-1-2009-0004704
Procedimiento: Rollo apelación sentencia procedimiento abreviado Nº 000242/2009 Dimana del Juicio Oral Nº 000496/2007
Del JUZGADO DE LO PENAL Nº 7 DE ALICANTE
PARTE APELANTE: Roberto y Lidia
Letrado: MARIA DEL CARMEN PIZARRO MEDINA
Procurador : VERONICA FERRER CASANOVA
PARTE APELADA:
Letrado:
Procurador:
SENTENCIA DE APELACIÓN Nº 257/2010
Iltmos. Sres.:
D. Faustino de Urquía y Gómez.
D. Julio José Úbeda de los Cobos
D. José Mª Merlos Fernández
En Alicante a veintitrés de marzo de dos mil diez. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. Expresados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia de fecha 09/07/08 pronunciada por el JUZGADO DE LO PENAL Nº 7 DE ALICANTE en el Juicio Oral nº 000496/2007, dimanante del Procedimiento Abreviado Nº (D.U. 32/07) del Juzgado de Instrucción nº 2 de San Vicente del Rapeig. Habiendo actuado como parte apelante Roberto .
Son Hechos Probados de la Sentencia apelada, los del tenor literal siguiente: En aras a la brevedad se dan por reproducidos los Hechos Probados de la sentencia de instancia; HECHOS PROBADOS QUE SE ACEPTAN.
El fallo de dicha Sentencia recurrida literalmente dice: " Que debo condenar y condeno a Roberto como autor penalmente resposable de un delito consumado de malos tratos en el ámbito familiar ex artículos 153.2 y 3 del Código Penal y sin la concurrencia de circunstancias agravantes y atenuantes de su responsabilidad criminal, a la pena de ocho meses de prisión y accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de condena más la pena de privación del derecho a la tenencia y porte de armas por dos años, todo ello con la prohibición de acercarse a la víctima Lidia a una distancia inferior a 200 metros durante el plazo de un año."
Contra dicha Sentencia, en tiempo y forma y por Roberto se interpuso el presente recurso alegando: Error en la valoración de la prueba. Infracción de precepto legal.
Admitido el recurso, cumplido el trámite de alegaciones con la/s parte/s apelada/s -que interesa la confirmación de la sentencia impugnada- y habiendo sido elevadas las actuaciones a esta Sección se procedió a deliberación y votación de la sentencia.
En la sustanciación de ambas instancias del presente proceso se han observado las prescripciones legales procedentes.
VISTO, siendo ponente el Iltmo. Sr. Julio José Úbeda de los Cobos.
Como primer motivo de recurso se alega que los hechos declarados probados no son constitutivos de un delito de maltrato en el ámbito familiar del artículo 153.2 y 3 del Código Penal .
De las declaraciones prestadas en el plenario, recogidas en la resolución impugnada, cabe fijar los siguientes hechos:
-
- María del Pilar y el acusado mantenían en el momento de producirse los hechos enjuiciados una relación análoga a la conyugal, que en la fecha de enjuciamiento continuaba. En el domicilio conviven con la pareja las dos hijas de aquella, Lidia de 12 años y su hermana, que no se discute era un bebe.
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- El día de los hechos, por causas que no constan, el acusado había salido del...
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SAP Las Palmas 180/2015, 4 de Septiembre de 2015
...Dña. ..., y por el Ministerio Fiscal, confirmando la resolución recurrida".". Pudiendo citarse, finalmente, la SAP de Alicante, sección 2ª, de fecha 23.3.2010, al significar ".El denominado derecho de corrección a los hijos venía contemplado en el artículo 154 hasta su supresión por Ley 54/......