SAP Barcelona 178/2010, 19 de Abril de 2010
Ponente | MARIA DOLORES PORTELLA LLUCH |
ECLI | ES:APB:2010:3277 |
Número de Recurso | 798/2008 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 178/2010 |
Fecha de Resolución | 19 de Abril de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
SECCIÓN PRIMERA
SENTENCIA Nº 178
Recurso de apelación nº 798/08
Procedente del procedimiento nº 266/07 Juicio ordinario
Tramitado por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Vilafranca del Penedes
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, formada por los Magistrados DÑA. Mª DOLORS PORTELLA LLUCH, DÑA. MARIA DOLORS MONTOLIO SERRA y DON ANTONIO RECIO CORDOVA actuando la primera de ellos como
Presidente del Tribunal, ha visto el recurso de apelación nº 798/08 interpuesto contra la sentencia dictada el día 31 de julio de
2008 en el procedimiento nº 266/07 tramitado por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Vilafranca del Penedes en el que es
recurrente D. Alfredo, y apelado AIGÜES DE VILAFRANCA, S.A., previa deliberación,
pronuncia en nombre de S.M. el Rey de España la siguiente
S E N T E N C I A
Barcelona, 19 de abril de 2010
La sentencia antes señalada, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente: FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Alfredo contra Aigües de Vilafranca, S.A. debo CONDENAR y CONDENO a Aigües de Vilafranca en la reclamación de la cantidad de 890,66 euros.
No se hace especial pronunciamiento sobre las costas del presente procedimiento.
Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los que las fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.
Fundamenta la decisión del Tribunal la Ilma. Sra. Magistrada Ponente DÑA. Mª DOLORS PORTELLA LLUCH.
D. Alfredo instó demanda contra Aigües de Vilafranca SA en reclamación del coste de la reparación del camión articulado reseñado en autos, en la cantidad de 772,57 euros y 118,09 euros, y por el lucro cesante derivado de la inmovilización del tractor del indicado camión desde el día 22 de agosto de 2006 en que fue ingresado en el taller hasta el 7 de septiembre siguiente, en que fue recepcionado, solicitando en este último concepto la cantidad de 5.625,36 euros, y ello como consecuencia de un siniestro acontecido el día 7 de agosto de 2006 al haber cedido la reja metálica del sistema de alcantarillado público situada en la calle La Múnia de la ciudad de Vilafranca del Penedés.
La entidad demandada mostró su conformidad con la realidad del siniestro y el montante de los daños pero rechazó que el lucro cesante pudiera calcularse en función de 18 días de inmovilización en el taller que consideraba excesivos, rechazando asimismo la aplicación de la ley 29/2003 .
La sentencia dictada en la instancia estimó en parte la demanda y condenó a la demandada al pago del coste de la reparación en la suma de 890,66 euros, rechazando por tanto íntegra mente la solicitud indemnizatoria en concepto de lucro cesante.
Contra la expresada resolución ha planteado recurso la representación de la parte actora con los argumentos que...
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