STSJ Comunidad de Madrid , 26 de Octubre de 2000

PonenteENRIQUE JUANES FRAGA
ECLIES:TSJM:2000:12723
Número de Recurso3327/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución26 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO SOCIAL Reg. Gral.- 3327/00 MH SENTENCIA NUMERO 409/00 Ilmo. Sr. D. Conrado Durantez Corral Presidente Ilmo. Sr. D. Enrique Juanes Fraga Ilmo. Sr. D. Benedicto Cea Ayala.

En Madrid a, veintiséis de octubre de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres citados al margen y, EN NOMBRE DEL REY Ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación número 3327/00, Sección Sexta, interpuesto por María Antonieta , frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 9 de los de Madrid, de fecha treinta de marzo de dos mil , ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Enrique Juanes Fraga.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de referencia, con número de autos 14/00 tuvo entrada demanda suscrita por DOÑA María Antonieta , contra MINISTERIO DE DEFENSA, en reclamación sobre PROCEDIMIENTO ORDINARIO. Admitida la, demanda a trámite y celebrado el Juicio, se dictó resolución con fecha treinta de marzo de dos mil , en los términos que figuran en el fallo de la mencionada resolución y que se dan aquí íntegramente por reproducidos.

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS, se declaraban los siguientes:

"1°.- La trabajadora viene prestando sus servicios para el Ministerio de Defensa desde el 18 de abril de 1996, con una categoría profesional de Subalterno de Primera y percibiendo un salario base de 11.672 pts sin prorrata de pagas extraordinarias.- 2°.- El contrato formalizado por la actora con el Ministerio de Defensa de 18-4-96, señala en su cláusula segunda lo siguiente: "Segunda.- Doña María Antonieta , prestará sus servicios en el Establecimiento del MAPER del C.G.E. en Madrid, con la categoría laboral y especialidad de Subalterno de Primera, y con carácter interino, habida cuenta de que existe vacante de tal categoría y especialidad en el establecimiento y dada la necesidad imperiosa de hacerlo en tanto tal vacante se provea reglamentariamente con carácter definitivo, tal y coo autoriza el art. 9.2, punto tres, letra b) del Real Decreto 2205/80, de 13 de junto .- Sexta.- El presente contrato producirá plenos efectos en la fecha de su firma y finalizará cuando se produzca su cobertura por los procedimientos reglamentarios o convencionalmente establecidos, o se proceda a su amortización".- 3°.- Desde su ingreso en el organismo demandado la actora viene realizando las siguientes funciones:- Recepción de escritos de entrada y su posterior clasificación reparto.- Escritos relacionados con Vacantes y Destinos.- Publicaciones en BOD.- Estadística en relación a la Sección de su destino.- Actualización de Base de Datos de personal METP.- Consulta en Base de Datos de dicho personal.- Confección de expedientes personales y su posterior registro y archivo.- Para la realización de todos estos cometidos utiliza un terminal conectado a un Ordenador Central a nivel usuario utilizando programas de Tratamiento de Texto (Word 9.7), Hoja de Calculo (Excel 9.7) y Base de Datos (Acces 9.7) dentro del entorno WINDOWS 95.- 4°.- El Convenio Colectivo para el Personal Laboral del Ministerio de Defensa anterior a Convenio Unico para el personal laboral de la Administración del Estado aplicable a las definiciones de la s categorías profesionales, define las siguiente categorías profesionales de la siguiente manera: Subalterno de Primera. Pertenecen a esta categoría laboral, aquellos trabajadores que, en posesión de Título de Educación General Básica ejercen normalmente, funciones de manda sobre otros subalternos, pudiendo también realizar las funciones propias d éstos.- Oficial Administrativo.- Pertenecen a esta categoría laboral de trabajadores que estando en posesión del, título de Bachillerato Unificas Polivalente o Formación Profesional de segundo grado de especialidad, teniendo cierta iniciativa y responsabilidad realizan actividades administrativa de carácter general, coordinando en su caso, las áreas de otros trabajador pertenecientes a su área de actividad, transcriben datos en libros contables, realizan cálculos de estadística elemental, redactara correspondencia y escritos y su correspondiente transcripción mecánica y mecanográfica si fuera necesario, utilizan máquinas convencionales o de...

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