SAP Madrid 406/2010, 14 de Abril de 2010

PonenteADORACION MARIA RIERA OCARIZ
ECLIES:APM:2010:6705
Número de Recurso91/2009
ProcedimientoAPELACIÓN
Número de Resolución406/2010
Fecha de Resolución14 de Abril de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 23ª

ROLLO R. P 91/09

JUZGADO DE LO PENAL Nº 18 DE MADRID

P. A. Nº 247/08

SENTENCIA Nº 406/10

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

ILMOS. SRES. DE LA SECCION 23ª

Dª. MARÍA RIERA OCÁRIZ

D. RAFAEL MOZO MUELAS

D. JESUS EDUARDO GUTIÉRREZ GÓMEZ

En Madrid, a 14 de Abril de 2010.

VISTO, en segunda instancia, ante la Sección 23ª de esta Audiencia Provincial, Juicio Oral 247/08, procedente del Juzgado de lo Penal nº 18 de Madrid, seguido por un delito de falsificación de documento público, contra el inculpado Ángel Daniel, venido a conocimiento de esta Sección, en virtud de recurso de apelación, interpuesto en tiempo y forma por la representación procesal de dicho inculpado, contra la sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado- Juez del referido Juzgado, con fecha 16 de Octubre 2008.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la Sentencia apelada se establecen como HECHOS PROBADOS que: "En el día 5 de mayo de 2007, aproximadamente sobre las 21:30 horas, a Ángel Daniel, nacido el 1-01-51 en con DNI NUM000, mayor de edad y sin antecedentes penales computables para esta causa, en la calle Gravina de Madrid inmediaciones de la Plaza de Chueca, con ocasión de una intervención policial de grupo de homicidios de la Policía Judicial de Madrid, se le intervinieron dos documentos, un carnet de conducir a nombre de Donato, en el que se había sustituido la fotografía original por la de Ángel Daniel, y la impresión fotomecánica en color del anverso y reverso de un DNI, con el referido nombre de Donato y con la fotografía de Ángel Daniel ".

Y el FALLO es de tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Ángel Daniel como autor responsable criminalmente de un delito continuado de falsedad en documento oficial prevenido en el Art. 392 del Código Penal en relación con el Art. 390,1-1º y en relación con el Art. 74 del C.P, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, imponiéndole la pena de 21 meses y 1 día de prisión y 9 meses y un día multa a razón de una cuota diaria de 4 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria del Art. 53,1 del Código Penal, de un dia de privación de libertad por cada dos cuotas insatisfechas, y con la accesoria prevenida en el Art. 56.2 de dicho texto legal de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena, y con expresa imposición de las costas procesales. Se acuerda el comiso de los documentos intervenidos".

SEGUNDO

Recibidas las actuaciones en esta Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid, se señaló para deliberación el día 13 de abril de 2010 .

HECHOS

Se aceptan los hechos probados de la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso se basa en un único motivo con el que se solicita la absolución o subsidiariamente una rebaja de la condena impuesta al apelante como autor de un delito continuado de falsedad en documento oficial. Este motivo se refiere a la aplicación...

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