SAP Jaén 54/2010, 5 de Marzo de 2010
Ponente | MARIA ELENA ARIAS-SALGADO ROBSY |
ECLI | ES:APJ:2010:82 |
Número de Recurso | 59/2010 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 54/2010 |
Fecha de Resolución | 5 de Marzo de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº 54
ILTMAS. SRAS.
PRESIDENTA
Dª. Elena Arias Salgado Robsy
MAGISTRADAS
Dª. Mª Esperanza Pérez Espino
Dª. María Jesús Jurado Cabrera
En la ciudad de Jaén, a cinco de Marzo de dos mil diez.
Vistos en grado de apelación, por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial, los autos de Juicio Ordinario seguidos en primera instancia con el núm. 408/2009, por el Juzgado de Primera Instancia nº Uno de Martos, rollo de apelación de esta Audiencia núm. 59/2010, a instancia de INSTALACIONES Y MONTAJES RUEDA S.L., representado en la instancia por el Procurador Sr. Luque Fernández y en esta alzada por la Procuradora Sra. Saavedra Pérez y defendido por el Letrado Sr. Pérez Morente, contra el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PORCUNA, representado en la instancia por la Procuradora Sra. Jiménez Miranda y defendido por el Letrado Sr. Belda Segura
ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº Dos de Martos con fecha 29 de octubre de 2009.
Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó Sentencia que contiene el siguiente FALLO: Que estimando íntegramente la demanda presentada por el Procurador D. Antonio Luque Fernández en nombre y representación de Instalaciones y Montajes Rueda S.L. frente al Excmo. Ayuntamiento de Porcuna DEBO CONDENAR Y CONDENO a dicho demandado a abonar a la actora la cantidad de 28.642,23 euros, más el interés legal del dinero desde la fecha de la interpelación judicial, así como al pago de las costas causadas en el presente proceso.
Contra dicha Sentencia, la parte demandada formuló en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido por el Juzgado de Primera Instancia de referencia, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso, e interesando su revocación declarando la falta de jurisdicción del orden civil para conocer de la causa, siendo competente la Contencioso Administrativa.
Dado traslado del escrito de apelación, se presentó escrito de oposición por la parte actora; remitiéndose por el Juzgado las actuaciones, con emplazamiento de las partes ante esta Audiencia, en cuya Sección Primera, tras su reparto, se formó el rollo correspondiente, quedando pendiente de deliberación votación y fallo, la que fue señalada y tuvo lugar el día 2 de marzo de 2010, tras darse traslado para emitir dictamen al Ministerio Fiscal, que informa en el sentido de estimar competente a la Jurisdicción Civil. CUARTO.- En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.
Siendo Ponente la Magistrada Iltma. Sra. Dª. Elena Arias Salgado Robsy.
La sentencia dictada en la instancia estima la demanda en la que la sociedad actora pretende la condena del Ayuntamiento demandado al pago de la cantidad de 28.642,23 euros, en concepto del precio de los trabajos de reparación y puesta en funcionamiento de la instalación de aire acondicionado de la Residencia de Ancianos de propiedad municipal, encargados por la Sra. Alcaldesa Dª Delia, respecto de los que se presentó presupuesto de fecha 14 de septiembre de 2006 que fue aceptado, procediéndose a la realización de los mismos.
Se planteó por la parte demandada declinatoria de jurisdicción, manteniendo que la cuestión debía resolverse en el orden contencioso administrativo, al tratarse de un contrato de tal carácter; cuestión que fue resuelta por Auto de 12 de febrero de 2009, en el que se desestimó la cuestión, siguiendo la tramitación del juicio hasta sentencia que es recurrida por dicho Ayuntamiento demandado.
En el recurso que contra la sentencia se formula se plantea nuevamente y como único motivo de revocación, la falta de competencia de la jurisdicción civil para el...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba