STSJ Asturias , 9 de Marzo de 2001

PonenteTOMAS MAILLO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2001:1153
Número de Recurso1476/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Social

ROLLO N° RSU 1476 /2000 45005 AUTOS N° 635/99 Gijón nº 2 SENTENCIA N° 752/01 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ASTURIAS En OVIEDO, a nueve de marzo de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de ASTURIAS, siendo el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, formando Tribunal los Iltmos. Sres. Dª.

MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNÁNDEZ, D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNÁNDEZ, D. TOMAS MAILLO FERNÁNDEZ Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de Empleo, contra la sentencia del Juzgado de lo Social n° 2 de Gijón, ha sido ponente el Ilmo. Sr D. TOMAS MAILLO FERNÁNDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por Dª. Esperanza , en reclamación de pensión no contributiva, siendo demandados el Instituto Nacional de Empleo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social y celebrado el acto del juicio oral, por el mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha dieciocho de enero de dos mil por la que se estimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - La actora, cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de su demanda, figura afiliada a la Seguridad Social con el n° NUM000 , acreditando a lo largo de su vida laboral los periodos en alta en la Seguridad Social que detalla en el Hecho Cuarto de aquélla.

  2. - En fecha 18 de diciembre de 1998 interesó el reconocimiento de su derecho a percibir el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, dictando el INEM resolución estimatoria el 10 de marzo de 1999

    en el sentido de otorgarle aquél durante el periodo comprendido entre el 19 de diciembre de 1998 y el 4 de enero del año 2.010, sobre una base reguladora de 2.309 pesetas diaria y en un porcentaje del 50%.

  3. - La accionaste fue beneficiaria del percibo de prestaciones por desempleo del nivel contributivo durante 240 días a computar desde el 9 de mayo de 1995 por pérdida de un trabajo a tiempo parcial, en el que desarrollaba una jornada del 50% de la habitual del sector.

  4. - Aquella prestó servicios a jornada completa desde el 29 de abril de 1993 al 28 de octubre de 1994 y a jornada parcial de un 50% desde el 9 de noviembre de este año al 8 de mayo de 1995, comportando tales periodos un total de 729 días cotizados, cifra que ha sido la tenida en cuenta para el reconocimiento del subsidio por...

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