STSJ Castilla y León , 20 de Junio de 2001

PonenteJOSE MARIA LAGO MONTERO
ECLIES:TSJCL:2001:3158
Número de Recurso753/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución20 de Junio de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso n° 753/97 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SEDE EN VALLADOLID SENTENCIA N° 1.045 ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE:

DON EZEQUÍAS RIVERA TEMPRANO MAGISTRADOS:

DON JESÚS BARTOLOMÉ REINO MARTÍNEZ DON JOSÉ MARCA LAGO MONTERO En Valladolid, a veinte de junio de dos mil uno. Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna:

La "Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por inserción de anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid", publicada en el B.O.P. el 31 de diciembre de 1.996, aprobada provisionalmente en sesión del Pleno de la Diputación Provincial de Valladolid el 7 de noviembre de 1.996, posteriormente levado a definitivo.

Son partes en dicho recurso:

Como recurrente: Administración General del Estado -Delegación del Gobierno en Castilla y León-, representado y defendido por el Sr. Abogado del Estado.

Como demandado: Diputación Provincial de Valladolid, representado por el Procurador Sr. De Anta Santiago y bajo la dirección letrada del Sr. Alvarez Núñez.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ MARCA LAGO MONTERO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, publicado edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, con base en los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal el dictado de una Sentencia por la que se anule la Ordenanza fiscal impugnada con expresa imposición de costas a la Administración local demandada.

SEGUNDO

En el escrito de contestación, con base en los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia desestimatoria del recurso y declarando la legalidad de los actos impugnados, e imponiendo las costas a la parte actora.

TERCERO

No solicitado el recibimiento del proceso a prueba y no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se sustituyó ésta por el trámite de conclusiones.

CUARTO

Presentados escritos de conclusiones, se señaló para votación y fallo del presente recurso el día catorce de junio de dos mil uno. QUINTO.- En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por inserción de anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia, siendo demandante la Administración del Estado y demandada la Diputación Provincial de Valladolid. Alega la demandante, con gran esfuerzo argumentativo histórico jurídico, que el servicio público de edición del boletín oficial de la provincia ha sido y es, desde sus orígenes, competencia del estado, y no de la Diputación, entidad ésta que no puede exigir por ello tasas aquélla que es la titular del servicio público que se presta. Rechaza, así mismo, a Administración del Estado, la obligación que se le impone de satisfacer el importe de la tasa "por anticipado", antes de la efectiva prestación del servicio de publicación de anuncios, por no estar el Estado obligado a prestar fianzas o cauciones de ningún género ex artículo 43 L.G.P. Trataremos de ambos aspectos por separado.

SEGUNDO

Las Sentencias de esta Sala de 20 de junio y 6 de julio de 2.000 -J.T.A. 1.370 y 1.667- vertidas en procesos similares al que nos ocupa, han ratificado ya la legalidad de los caracteres aquí controvertidos de estas tasas, que no precios. Como explicara la Sentencia del Tribunal Supremo de 2...

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