STSJ Comunidad Valenciana , 24 de Enero de 2001

PonenteANTONIO MARQUEZ BOLUFER
ECLIES:TSJCV:2001:617
Número de Recurso1258/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Enero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA En la ciudad de Valencia a 24 de enero de 2001 .

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. D. JOSE BELLMONT MORA, Presidente; D. EDILBERTO NARBON LAINEZ, y D. ANTONIO MÁRQUEZ BOLUFER, Magistrados han pronunciado la siguiente SENTENCIA 88/2001 En el recurso contencioso Administrativo n°1258/97. al que se acumuló el 1261 / 97, ambos interpuestos por el COLEGIO DE INGENIEROS TECNICOS DE OBRAS PUBLICAS, representado por la Procuradora de los Tribunales Dª. Guadalupe Porras Berti, contra la resolución de la Consellería de Obras Publicas, Urbanismo y Transportes de la Generalidad Valenciana, publicada en 7 de Febrero de 1997, por la que se anunciaba la convocatoria de un concurso para la adjudicación de un contrato de " Asistencia Técnica para redacción de un Proyecto de construcción de un tercer carril de Autovía de Lliria, tramo TVV- By pass. Paterna", y" duplicación Ronda de Albal", por el motivo de contener el Pliego de Prescripciones Técnicas, en su cláusula 6ª, la exigencia respecto el Delegado del Consultor y para la redacción del proyecto, que tuviese el titulo de Ingeniero de Caminos Y también contra la resolución de la Consejera de Política Territorial y Obras Publicas, de 2 de Junio de 1997, que desestimaba los recursos ordinarios contra la anterior resolución.

Habiendo sido parte en los autos como demandada, la Consellería de Obras Publicas, representada por el Letrado de la Generalidad. Y como Magistrado ponente, el Ilmo. Sr D. ANTONIO MÁRQUEZ BOLUFER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguido por los tramites legales, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que solicitó se dictase sentencia anulando la resolución de referencia, con declaración de la competencia profesional de los Ingenieros técnicos de Obras Publicas para redactar y firmar los proyectos como los mencionados, con obligación de la Administración de modificar en ese sentido los pliegos controvertidos.

SEGUNDO

Por la parte demandada se contestó la demanda mediante escrito solicitando se declarase la conformidad a derecho de las resoluciones, desestimando el recurso ordinario y la inicial recurrida

TERCERO

No habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el tramite de conclusiones prevenido por el art 78 de la Ley de la Jurisdicción, quedando los autos pendientes de votación y Fallo.

CUARTO

Se señaló la votación y fallo del recurso para el día 13 de Septiembre de 2000, habiéndose suspendido el plazo para dictar sentencia, al haberse acordado una diligencia para mejor proveer, y que ha sido cumplimentada..

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Colegio recurrente pretende la anulación de la resolución de la Consellería de Obras Publicas, que anunciaba la convocatoria para adjudicar la Asistencia técnica en la redacción de los proyectos indicados en la cabecera de la sentencia, únicamente por el hecho de aparecer en el Pliego de Prescripciones Técnicas (cláusula 6ª), la exigencia respecto que " El delegado del consultor para la redacción del contrato será único, debiendo de tener la titulación de Ingeniero de Caminos ".

Así mismo, en el pliego de cláusulas administrativas, en el apartado 9.1.-

  1. Valoración técnica -A.1)

Equipo humano A 1.1) Ingeniero de Caminos,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
4 sentencias
  • STS, 9 de Julio de 2009
    • España
    • Tribunal Supremo, sala tercera, (Contencioso Administrativo)
    • 9 Julio 2009
    ...se inadmitió el recurso, por defectuosa preparación, frente a la sentencia de 24 de enero de 2001 dictada por el TSJ Valencia en el recurso 1258/1997 al que se acumuló el Sentado lo anterior procede examinar lo primero la esgrimida ausencia de cuantía aducida por la administración autonómic......
  • STS, 30 de Abril de 2008
    • España
    • Tribunal Supremo, sala tercera, (Contencioso Administrativo)
    • 30 Abril 2008
    ...se limite la participación y concurrencia de los Ingenieros Técnicos Forestales en el concurso. En este sentido cabe destacar la STSJ de Valencia, de 24.01.2001 ; y STS de De todo lo anterior se puede concluir que la Administración contratante esta facultada para el establecimiento de los c......
  • ATS, 18 de Diciembre de 2003
    • España
    • 18 Diciembre 2003
    ...la Sala de lo Contencioso- Administrativo (Sección Tercera) del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en el recurso nº 1258/97, y 1261/97 acumulado, sobre Resolución de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transporte de la Comunidad Valenciana, publicada el 7 de f......
  • ATS, 18 de Septiembre de 2003
    • España
    • 18 Septiembre 2003
    ...Sala de lo Contencioso- Administrativo, Sección Tercera, del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el recurso número 1258/97, y 1261/97 acumulado. SEGUNDO En virtud de providencia de 27 de mayo de este año, se acordó conceder a las partes un plazo de diez días para qu......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR