STSJ Cataluña , 4 de Diciembre de 2001
Ponente | ALBERTO ANDRES PEREIRA |
ECLI | ES:TSJCAT:2001:15245 |
Número de Recurso | 1256/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 4 de Diciembre de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA Recurso n° 1256/1997 SENTENCIA N° 1279/2001 Iltmos. Sres.
Presidente DON JOAQUÍN JOSÉ ORTIZ BLASCO Magistrados DON ALBERTO ANDRÉS PEREIRA DON JUAN FERNANDO HORCAJADA MOYA DON ANTONIO MOYA GARRIDO DOÑA ANA RUBIRA MORENO En la Ciudad de Barcelona, a cuatro de diciembre de dos mil uno. LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN QUINTA) ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso contencioso-administrativo n° 1256/1997, interpuesto por la entidad mercantil ERKIMIA S.A. (hoy ERCROS INDUSTRIAL S.A.), representada por el Procurador D. ANGEL QUEMADA RUIZ y dirigida por el Letrado D. SANTIAGO MAYANS SINTES, contra el AYUNTAMIENTO DE TARRAGONA, representado y dirigido por el Letrado D. JOAN RAMON MACÍAS SOLÉ. Ha sido Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. Don ALBERTO ANDRÉS PEREIRA, quien expresa el parecer de la Sala.
Por la representación de la parte actora, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, se interpuso el presente recurso contra el acuerdo adoptado el 23 de diciembre de 1996 por el Consejo Plenario del Ayuntamiento de Tarragona, que declaró inadmisible el recurso ordinario formulado contra el acuerdo plenario de 11 de diciembre de 1995, por el que se declaró la titularidad de determinados terrenos a favor de dicha Corporación municipal, aprobó su valoración y dispuso su inclusión en el inventario de bienes.
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley Reguladora de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.
Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y Fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.
En la sustanciación de este pleito se han observado las prescripciones legales.
Como cuestión previa,...
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STS, 20 de Abril de 2004
...la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, recaída en el recurso contencioso administrativo nº 1256/97, en el que se impugnaba el acuerdo del Consejo Plenario del Ayuntamiento de Tarragona de 23 de diciembre de 1996, que había declarado inadmisib......