STSJ Comunidad de Madrid , 3 de Julio de 2001

PonenteJESUS MARTINEZ CALLEJA
ECLIES:TSJM:2001:8893
Número de Recurso3039/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 3 de Julio de 2001
EmisorSala de lo Social

Recurso n° 3039/01-5ª-MG Sentencia n° 512 Ilmo. Sr. D. José Malpartida Morano Presidente Ilmo. Sr. D. José Hersilio Ruiz Lanzuela Ilmo. Sr. D. Jesús Martínez Calleja En Madrid, a tres de julio de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA en el recurso de suplicación n° 3039/01-5ª, interpuesto por D. Bernardo , representado por el Letrado D. Miguel Angel Santalices Romero, contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social NUMERO SEIS DE LOS DE MADRID, en autos núm. 702/97, siendo recurrido SUMINISTROS INTEGRALES DE OFICINA, S.A., representado por el Letrado D. Francesc Comellas Viñals, asistido por la Letrada Dña. Mª Isabel García de la Torre. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Jesús Martínez Calleja.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de procedencia tuvo entrada demanda suscrita por D. Bernardo contra Suministros Integrales de Oficina, S.A., en reclamación sobre Cantidad, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia con fecha 12 de diciembre de 2.000, en los términos que se expresan en el Fallo de dicha resolución.

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como HECHOS PROBADOS, se declaraban los siguientes:

"1°: El Demandante, D. Bernardo , mayor de edad, con DNI NUM000 , prestó servicios para la empresa Suministros Integrales de Oficina S.A. desde el 15/04/96, hasta el 23/07/97 en que se dictó

Sentencia en los autos n° 110/97 al Juzgado de lo Social n° 1 de Madrid, declarando extinguida la relación laboral que ligaba a las partes, condenando a la empresa a abonar al actor la indemnización de 633.333 pts, así como los salarios devengados y no percibidos desde la fecha del despido (09/01/97) hasta la de dicha resolución. No obstante, por Auto de fecha 23/12/97 se aclaró dicha sentencia en el sentido de que los salarios de tramitación se extenderían desde la fecha del despido hasta la notificación de la misma

(08/09/97).- 2°: La referida sentencia fue recurrida en suplicación por la empresa, habiéndose confirmado íntegramente por la del TSJ de Madrid de 19/05/98, que fue notificada a las partes el 28/05/98 y adquirió firmeza el 10/06/98.- 3°: El actor no ha percibido cantidad alguna en concepto de vacaciones correspondientes añ año 1997, en el que prestó servicios efectivos hasta el 09/01/97, fecha en que fue despedido.- 4°: El salario del actor ascendía a 500.000 pts mes con inclusión de p.p. de pagas extras o 428.571 pts/mes en catorce pagas anuales.- 5°: La conciliación ante el SMAC se tuvo por intentada sin avenencia el 16/10/97".

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante D. Bernardo , siendo impugnado de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
6 sentencias
  • ATS, 22 de Marzo de 2011
    • España
    • March 22, 2011
    ...con la concurrencia de la caducidad de la acción. Se invoca para sustentar la contradicción la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 3 de julio de 2001 (Rec 3039/01 ) en la que el actor formula reclamación de cantidad por vacaciones. El día señalado para la celebración de......
  • ATS, 24 de Febrero de 2011
    • España
    • February 24, 2011
    ...con la concurrencia de la caducidad de la acción. Se invoca para sustentar la contradicción la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 3 de julio de 2001 (Rec 3039/01 ) en la que el actor formula reclamación de cantidad por vacaciones. El día señalado para la celebración de......
  • ATS, 24 de Marzo de 2011
    • España
    • March 24, 2011
    ...partes, en relación con la concurrencia de la caducidad de la acción, aportando de contraste la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 3 de julio de 2001 (R.3039/2001 ). En el caso que resuelve dicha sentencia el actor formulaba reclamación de cantidad por vacaciones y el......
  • ATS, 27 de Abril de 2011
    • España
    • April 27, 2011
    ...con la concurrencia de la caducidad de la acción. Se invoca para sustentar la contradicción la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 3 de julio de 2001 (Rec 3039/01 ) en la que el actor formula reclamación de cantidad por vacaciones. El día señalado para la celebración de......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR